Miércoles 10 de abril 2024

Congelaron las tarifas de Internet, telefonía y cable

Redaccion 18/05/2020 - 21.39.hs

El Gobierno prorrogó el lunes por 60 días la prohibición para las empresas de efectuar despidos sin justa causa o bajo el pretexto de fuerza mayor, medida excepcional relacionada con la retracción económica derivada de la pandemia de coronavirus.
«En el contexto de la emergencia pública en materia económica, social y sanitaria, y con el objetivo de continuar implementando medidas dirigidas a mantener el ingreso y el empleo de la población, el gobierno nacional resolvió prorrogar la prohibición de efectuar despidos sin justa causa, y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, por el plazo de 60 días», informó el gobierno de Alberto Fernández.
La medida incluye la «prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), es decir, las pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación».
El artículo 223 bis de la LCT dice: «Se considerará prestación no remunerativa las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral y que se fundaren en las causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada, pactadas individual o colectivamente y homologadas por la Autoridad de Aplicación, conforme a normas legales vigentes, y cuando en virtud de tales causales el trabajador no realice la prestación laboral a su cargo. Solo tributará las contribuciones establecidas en las leyes 23660 y 23661».
Estas dos leyes son las de obras sociales y de Seguro Nacional de Salud.
La nueva medida de Alberto Fernández establece que «aquellos despidos o suspensiones que se dispongan en violación a lo dispuesto por este decreto no producirán efecto alguno, y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales».
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 487, el Gobierno fundamentó la prórroga de la prohibición de efectuar despidos en la puesta en marcha de una «serie de medidas que tienen como objetivo ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia, entre ellas, la postergación o disminución de diversas obligaciones tributarias y de la seguridad social, la asistencia mediante programas específicos de transferencias de ingresos para contribuir al pago de los salarios y la modificación de procedimientos para el acceso a estos beneficios».
También menciona entre las medidas de asistencia las «garantías públicas con el fin de facilitar el acceso al crédito de micro, medianas y pequeñas empresas (Mipymes)».

 

Tarifas congeladas.
El Gobierno también anunció el congelamiento hasta fin de agosto de las tarifas de telefonía fija, celular, internet y TV paga, además de la implementación de un esquema de servicios complementarios para quienes no puedan abonar los servicios mediante mecanismos de postpago, prepagos e internet del hogar.
Además, las empresas se comprometieron a no ordenar despidos de personal, señaló el titular del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), Claudio Ambrosini, luego de una reunión que mantuvo con el presidente Alberto Fernández.
«Durante la tarde del lunes, el Poder Ejecutivo resolvió con acuerdo de las partes una serie de disposiciones para los servicios de telefonía móvil y fija, Internet y TV paga para suspender los aumentos de precios hasta el 31 de agosto de 2020, con el fin de alivianar la situación de los usuarios y usuarias afectados por la cuarentena», explicó Ambrosini.
El funcionario detalló que además del congelamiento, «se ha tomado otra medida a favor de los usuarios y usuarias que consiste en poner a disposición planes inclusivos de Telefonía e Internet Móvil de pospago; de prepago móvil y de internet fijo destinados a todas las personas que soliciten el beneficio, con un precio fijo hasta el 31 de octubre».
Ambrosini señaló que el objetivo de los mismos es que «las personas que atraviesan dificultades económicas durante la cuarentena puedan cambiarse de plan y acceder a un servicio que garantiza la conectividad a un precio accesible».
Fuentes del sector empresario precisaron que las tarifas y precios se congelaron en los valores vigentes al 1 de mayo pasado.
Respecto a los planes complementarios, Ambrosini dijo que deberán cumplir una prestación que consistirá en al menos 500 MB de datos; aplicaciones de mensajería -solo texto-(WhatsApp, Telegram, Facebook Messenger); 500 SMS; 300 minutos de llamadas en la red del mismo prestador y 50 minutos en redes de otros prestadores.
Además deberán contar con acceso gratuito a lineas 0800, navegación en portales educativos gratis para el caso de la Telefonía e Internet Movil de Pospago; aplicaciones de mensajería -solo texto-(WhatsApp, Telegram, Facebook Messenger); 300 SMS; 100 minutos de llamadas en la red del mismo prestador y 50 minutos en redes de otros prestadores.
También los usuarios deberán poder acceder a navegación en portales educativos gratis para el servicio de Prepago Móvil; velocidad de 5 Mbps para internet fijo; y la extensión del beneficio «servicio reducido» que garantiza la conectividad de usuarios con sistema prepago de telefonía móvil e internet, y mantenimiento del precio hasta el 31 de octubre de 2020. (Télam)

 

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