Jueves 18 de abril 2024

Proyectos obtuvieron dictamen en el Senado

Redaccion 02/06/2020 - 21.39.hs

El proyecto de Ley sobre Educación a Distancia, en el marco de la pandemia de coronavirus y que fue aprobado en mayo por la Cámara de Diputados, obtuvo ayer dictamen de la Comisión de Educación del Senado y será debatido en la próxima sesión.
La iniciativa amplía el artículo 109 de la Ley de Educación para permitir el aprendizaje a distancia para menores de 18 años -ya que solo se habilitaba a los adultos y escuelas rurales- cuando existan razones excepcionales en las que no se pueda realizar el ciclo lectivo en forma presencial.
En ese sentido, el expediente fija que «excepcionalmente, previa declaración fundada del Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación cuando la escolaridad presencial -total o parcial- sea inviable, y únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos, será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de 18 años».
La normativa determina que para aplicar esta metodología de estudio «deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos y de conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad».
La iniciativa fue respaldada por todos los bloques de la Cámara alta y está lista para ser debatida en la próxima sesión del Senado que podría desarrollarse el próximo jueves.

 

Argumentos.
La catamarqueña Inés Blas, del Frente de Todos, describió al proyecto como «un instrumento válido y necesario para el momento en que se vive».
Blas agregó que «se deben generar condiciones para que, cuando una región del país pase por problemas como el actual, pueda contar con estas herramientas».
La peronista pampeana Norma Durango coincidió con Blas al mencionar que la educación a distancia «no es una buena opción educativa en el sentido de que la escuela es irreemplazable».
«Valoramos la educación a distancia. Pero desde el punto de vista pedagógico esto debe ser excepcional. Apoyamos este proyecto siempre y cuando sea una medida transitoria», remarcó.
La opinión de Durango fue una respuesta a la opinión del bonaerense Esteban Bullrich, de Juntos por el Cambio, quien había reclamado que «debe existir en forma permanente el sistema de educación a distancia».

 

Ley de alquileres.
En tanto, el proyecto de Ley de Alquileres, que extiende la duración del plazo de locación de dos a tres años y establece un mecanismo de actualización anual de los montos en base a una combinación entre el índice de inflación y el de salarios (Ripte), recibió dictamen de la Comisión de Legislación General del Senado.
La iniciativa será llevada al recinto en la próxima sesión, que podría ser el jueves, aunque algunos legisladores del oficialismo postularon la posibilidad de introducirle modificaciones durante su tratamiento.
El proyecto de Ley de Alquileres fue aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado y reforma el Código Civil y Comercial para extender los contratos de dos a tres años y establecer un nuevo mecanismo de actualización anual (en lugar de semestral), que se calculará en base al aumento de la inflación y el salario.
En ese sentido, se establece una fórmula para la actualización de los precios, combinando el IPC (Índice de Precios al Consumidor) con el mencionado Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).
Este artículo fue uno de los que mayor debate generó, ya que algunos senadores sospechan que podría dejar abierta la posibilidad de que haya más aumentos que los prometidos en la norma.
Otro punto clave del proyecto es que se dispone que el inquilino podrá optar por presentar como garantía un aval bancario, seguro de caución; garantía de fianza; o personal del locatario, que se documentará con recibo de sueldo, certificado de ingresos o cualquier otro medio fehaciente.
También se fija que las expensas extraordinarias deberán ser abonadas por el dueño de la propiedad.
En cuanto al depósito, el dictamen fija que no se podrá pedir «el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes» y determina que el depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.
Otro aspecto clave del dictamen es que se deberá declarar el contrato de alquiler ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (AFIP), dentro de los plazos que disponga este organismo, que a la vez deberá dar facilidades para poder cumplir con esta medida. (Télam)

 


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