Jueves 02 de mayo 2024

Caso Lucio: confirman condena por abuso contra la madre

Redaccion Avances 08/02/2024 - 13.22.hs

Terminó la instancia de recursos ordinarios en el Caso Lucio, para las condenadas por el homicidio agravado y abuso sexual gravemente ultrajante. De esta manera se dio comienzo formal al proceso de ejecución de pena de las condenadas, Magdalena Esposito Valenti y Abigail Páez, madre y madrastra del niño asesinado en noviembre de 2021.

 

La Sala B del TIP rechazó el recurso de impugnación horizontal planteado por la defensa de Magdalena Esposito Valenti, y dejó firme lo resuelto por las Sala A del mismo Tribunal, que condenó por homicidio agravado a las condenadas y también a ambas, incursas en el delito de abuso sexual gravemente ultrajante.

 

La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa, integrada por los jueces Filinto Benigno Rebechi y Gabriel Lauce Tedín, asistidos por la secretaria María Grégoire, resolvió el recurso de Impugnación interpuesto el 11 de octubre pasado por la defensora Alejandra Moyano, en representación de Magdalena Espósito Valenti.

 

Causa.

 

La audiencia de juicio de la Primera Circunscripción Judicial, declaró el 2 de febrero de 2023, la culpabilidad de Magdalena Espósito Valenti, como autora material y penalmente responsable del delito de Homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento (Art. 80.1 y 80.2 del CP) en perjuicio de Lucio Dupuy.

 

A su vez, declaró a Abigail Páez, autora material y penalmente responsable del delito de Homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento en concurso real con el delito de Abuso Sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado (Art. 80.2, 55 119 primer y tercer párrafo e incs. b) y f) del cuarto párrafo y 55 -a contrario sensu- ambos del CP) en perjuicio de Lucio Dupuy.

 

En esa instancia, se absolvió a Espósito Valenti, del hecho de abuso sexual agravado por el que fuera oportunamente acusada, por aplicación del artículo 6 del CPP.

 

El 17 de febrero de 2023, les dictó a las dos condenadas, en la audiencia de Imposición de Pena, la imposición de prisión perpetua.

 

El 26 de septiembre de 2023, la Sala A del TIP decidió condenar a Espósito Valenti, a la pena de prisión perpetua con más la accesoria del artículo 12 del C.P., por la comisión del delito de homicidio triplemente calificado -por la cual ya había sido declarada autora penalmente responsable-, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un elemento fálico y abuso sexual gravemente ultrajante, ambos agravados por tratarse de la ascendiente y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado (arts. 55, 119 primero, segundo y tercer párrafo e inc. b) y f) del cuarto párrafo y 55 -a contrario sensu- ambos del CP).

 

 

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