Miércoles 08 de mayo 2024

Detectan trabajo infantil en empresa de General Pico

Redacción 09/02/2023 - 01.01.hs

La Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo de La Pampa impulsó días atrás, una denuncia por trabajo infantil, en una empresa de la ciudad de General Pico. El organismo, según informó el Estado provincial, radicó la denuncia el 3 de febrero, en la Unidad de Atención Primaria (UAP) del Ministerio Púbico Fiscal en General Pico.

 

El caso en el que tomó intervención la cartera de Estado, a través de la Dirección de Inspección y SRT, se originó a partir de haber observado en diferentes locales comerciales, y realizando tareas de reparto de productos alimenticios en un camión térmico, a una persona con apariencia de niño.

 

A partir de esto se hizo un seguimiento y se logró dar establecer que el vehículo en cuestión, pertenece a una empresa ubicada en un sector periférico de la ciudad de General Pico.

 

Según indicaron autoridades provinciales, durante la mañana del jueves 2 de febrero, el niño fue observado dentro del predio de la firma, abocado a tareas de carga y descarga. Por ello, se labró el acta respectiva. Sin embargo, el mismo relevamiento, se encontró a un adolescente que trabajaba en el depósito de la empresa, con el desplazamiento de autoelevadores, maniobrando otros rodados y sin protección adecuada.

 

La Secretaría de Trabajo adjuntó estas dos actas en la denuncia penal que realizó en sede de la UAP, tal como lo establece la Ley 26.390, de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente y la Ley 26.847, que incorpora el Artículo 148 bis del Código Penal que establece prisión de 1 a 4 años a quien aprovechare económicamente del trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil.

 

Comisión.

 

Tanto el relevamiento como la posterior denuncia efectuada contó con la participación del representante de la “Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil”, organismo que fue creado mediante el Decreto 2140/03.

 

En tanto, en el Decreto 1186/2018 se elabora el “Protocolo de Intervención para los casos de detección de Trabajo Infantil y Adolescente”, inmerso en un marco jurídico amplio de protección de los derechos de la infancia. En ese aspecto, ante la detección de situaciones de trabajo infantil se torna imprescindible restituir los derechos vulnerados de esos niños, niñas y adolescentes y, según indica la norma, acompañarlos en la construcción de un nuevo proyecto de vida a desarrollarse en conjunto con su familia, complementándose con diversas estrategias y acciones interinstitucionales, con la educación como pilar fundamental.

 

La Secretaría de Trabajo recordó que el trabajo adolescente es el que realizan personas de 16 y 17 años de edad, y que no puede hacer tareas peligrosas, riesgosas ni insalubres. En sus casos, su jornada laboral debe ser de 6 horas diarias o de 36 horas semanales.

 

Además, la Ley 26.390 establece en el artículo 189 bis que las personas que tengan entre 14 y hasta 16 años de edad, podrán ser ocupada en empresas cuyo titular sea su padre, madre o tutor, siempre que no trabaje más de 3 horas diarias y 15 semanales; no realice tareas penosas, peligrosas o insalubres; que cumpla con la asistencia escolar y que tenga la debida autorización otorgada por la autoridad administrativa laboral de la jurisdicción.

 

Una ley y una línea gratuita.

 

La Ley Nacional 26.061, en su artículo 31, establece que es deber del funcionario público recepcionar y tramitar las denuncias, bajo el apercibimiento de incurrir en la figura Grave incumplimiento de los deberes de funcionario, si no lo hiciera.

 

“El agente público que sea requerido para recibir una denuncia de vulneración de derechos de los sujetos protegidos por esta ley, ya sea por la misma niña, niño o adolescente, o por cualquier otra persona, se encuentra obligado a recibir y tramitar tal denuncia en forma gratuita a fin de garantizar el respeto, la prevención y la reparación del daño sufrido”.

 

La provincia de La Pampa, adhirió mediante la Ley Nacional 2703 a los artículos 1 al 41 de la Ley 26.061.

 

En la provincia, para denunciar este tipo de situaciones de trabajo infantil, la ciudadanía dispone a tal efecto de una línea gratuita (0-800-243-3333 o 02954-412603) y un correo electrónico: copretilp@lapampa.gob.ar.

 

La denuncia también podrá provenir como consecuencia de las labores llevadas a cabo por los organismos involucrados en la Comisión Provincial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (Copreti); o de representantes o agentes pertenecientes a los distintos Ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Social, Producción, Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, que a través del desarrollo de las tareas que le son propias, hayan tomado conocimiento de situaciones de trabajo infantil y adolescente.

 

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