Domingo 28 de abril 2024

“Devolverlos al hogar original es prioridad”

Redacción 29/03/2024 - 00.15.hs

La decisión de alojar a dos niños en el hogar de una fundación piquense “fue una medida excepcional solicitada por la Unidad de Niñez dependiente de la Municipalidad de Victorica, ante la imposibilidad de continuar trabajando con su familia de origen porque ningún miembro puede hacerse cargo de ellos”, informó Rodrigo Lofvall, titular de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia.

 

Al ser consultado desde esta redacción, el funcionario aclaró que Martina Constantino, la mujer que convocó a una movilización en aquella localidad repudiando el traslado de los niños “no quiso registrarse como hogar de contención”. También explicó que “desde hace casi dos años el municipio de Victorica viene trabajando intensamente en este caso, con acompañantes domiciliarios para los niños, tratando de modificar las condiciones riesgosas que provocaron su intervención y priorizando el vínculo familiar de origen”.

 

Precisamente, Martina fue la última acompañante contratada por el municipio. “Se hicieron todos los intentos para que los niños pudieran quedarse en su grupo familiar, hasta que hace algunos meses una situación específica motivó una medida de resguardo y el municipio resolvió dejarlos temporalmente bajo su cuidado”.

 

Proceso de 180 días.

 

Finalmente, hace unos días la Unidad de Niñez de Victorica solicitó al gobierno provincial “la aplicación de una medida excepcional, ante la imposibilidad de modificar las condiciones que obligaban a resguardar” a los menores. La Dirección de Niñez de la provincia tiene “dispositivos formales para atender estos casos, mediante acuerdos con familias de contención o asociaciones civiles dedicadas a esta problemática”. Lofvall aclaró que la fundación de General Pico a quien encomendaron el cuidado de los niños “tiene un convenio firmado con el Estado provincial y administra un hogar destinado a cumplir esta función”.

 

Ahora, luego de adoptar su resolución, el organismo tendrá “un plazo de 180 días para intentar revertir las condiciones familiares que motivaron la medida y posibilitar una restitución al hogar original”. Si en este período no consiguen ese objetivo y nadie de la familia puede hacerse cargo, se impulsará la adoptabilidad para garantizar el derecho de los niños a ser adoptados.

 

“En cada caso, siempre hacemos todo lo que esté a nuestro alcance para que los niños y niñas vuelvan con su familia, pero si eso no se logra deben tener la posibilidad de una adopción”, advirtió.

 

“La contención es temporal”.

 

No es la primera vez que los organismos públicos enfrentan cuestionamientos por este tipo de decisiones. En su mayor parte, los reclamos responden a un desconocimiento generalizado sobre los mecanismos de abordaje para la problemática o a intereses particulares derivados de vínculos establecidos por hogares de contención, que llegado el momento se resisten a separarse de niños y niñas que aceptaron acoger temporalmente.

 

Adoptar y contener resultan funciones distintas y excluyentes: no es posible ejercer ambas a a la vez. Las familias adoptantes se inscriben en un registro judicial específico y esperan, a veces muchos años, hasta concretar una adopción. En cambio, las “familias de contención” (vulgarmente llamadas “sustitutas”), se ofrecen para resguardar y contener a niños, niñas y adolescentes separados de su hogar original: deben aprobar una evaluación previa de organismos específicos y reciben una remuneración por una tarea que, en todos los casos, resulta transitoria y temporal.

 

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