Sabado 27 de abril 2024

Farmacéuticos critican DNU: "La Pampa tiene una gran legislación"

Redaccion Avances 02/02/2024 - 17.08.hs

El Colegio de Farmacéuticos destacó la ley de prescripción de medicamentos local, por encima de las modificaciones que el gobierno nacional quiere imponer por decreto, con normas que se contradicen entre sí.

 

El presidente del Colegio Farmacéutico de La Pampa, Miguel Osio, volvió a criticar el DNU del gobierno nacional, al que calificó de inconstitucional, y el Decreto reglamentario 64 de este año, que lo contradice en la prescripción de medicamentos. "El DNU entre muchas cosas que lo convierten en inconstitucional, algo que nosotros hemos planteado desde la entidad nacional Fefara y COFA, con pedidos de inconstitucionalidad en una medida cautelar que la presentamos en diciembre", señaló.

 

Y añadió que "respecto al tema del medicamento genérico, el DNU comienza con un texto que dice que las prescripciones de medicamentos deberán hacerse exclusivamente por el nombre genérico o denominación común internacional de cada droga o componente activo del medicamento. Acto seguido, sacan un decreto reglamentario, el 64 de este año, donde se ve que hubo alguna sugerencia o recomendación, ya que plantean la sugerencia de marca. Con lo cual estamos yendo a la ley nacional previa al DNU".

 

En esa línea, dijo que "lo único que cambió, y esto es rarísimo, es que plantea que si el farmacéutico sugiere un cambio de marca, resuelve sustituirla, debe informar al médico prescriptor, por qué marca es la sustitución.

 

Para esto todavía no hay un software que lo permita, con lo cual si los farmacéuticos quisieran hacer eso, no tienen cómo comunicarlo. Eso es inaplicable, como tantas cosas del DNU ¿qué va a pasar? Que no se va a reemplazar la marca que sugiera el médico", detalló el farmacéutico.

 

Osio señaló que de esta manera, un decreto contradice al otro, "es claro, porque el primero dice que se debe prescribir exclusivamente por nombre genérico, y el otro habilita la sugerencia de marca.

 

 

Ley propia.

 

Osio señaló que La Pampa tiene una ley propia en la materia. "En el año 91 nace esta ley que la trabajó en su momento la diputada Silvia Gallego. Ahí se establecía que había que prescribir por nombre genérico. Esto venía contra una ola que se había dado en provincia de Buenos Aires, con el ministro de  Ginés González García. Ahí se estableció este mecanismo de prescripción, al que el Colegio Farmacéutico adhirió, y sigue adhiriendo".

 

Asimismo, recordó que en el año 2003 la Cámara de Diputados, sancionó una modificación , creando Ley Nº 2066. "Esa es similar en este sentido a lo que establece el DNU de ahora, salvo algunas sugerencias puntuales, como que se deberá atender las normas de trabajo de las obras sociales".

 

"Esto era porque la ley provincial permite la sugerencia de marca, pero el caso del Sempre por ejemplo, nunca aceptó la sugerencia de marca", dijo.

 

"El vademécum actual del Sempre plantea que lo único que hay que hacer en la exposición es poner el nombre genérico o denominación común internacional. No se puede sugerir marca, la marca la tiene que elegir el paciente, con el asesoramiento del farmacéutico, quien le debe indicar cuáles son las marcas que responden a esa monodroga, o a ese principio activo, en la misma cantidad, en la misma concentración, en la misma forma farmacéutica, si son comprimidos, si es jarabe", detalló.

 

 

No delegados.

 

Osio señaló que en caso de quedar firmes los decretos, la provincia debería adherir expresamente para que estos entren en vigencia en la provincia. "al menos es lo que nos dicen los abogados del Colegio y de Fefara. Que si una ley previa, como esto forma parte de todo lo que es salud, dentro de lo cual está el medicamento, es parte de los poderes no delegados, por la Constitución Nacional".

 

"En el artículo 121, la Constitución establece que aquellas materias, o poderes no delegados de las provincias a la Nación, los conservan para sí. Salud, educación, seguridad, son algunas de esas no delegadas", añadió.

 

 

Ataque a la profesión.

 

Finalmente, Osio dijo que el DNU "ataca a la profesión y la degrada. Una profesión milenaria que ha sido declarada esencial en la última pandemia, y que la farmacia es un servicio público y propio, así lo establece la legislación vigente".

 

"En el caso particular de nuestra provincia, la ley dice que la farmacia es un servicio de entidad pública. Y atacarla de esa manera llama mucho la atención. Llevar el medicamento de venta libre a cualquier lugar fuera de la farmacia, es repetir una historia que ya conocemos. Uno entiende que hay una improvisación total en el gobierno, porque cuando le preguntan a los ministros quién escribió esa parte, el ministro de la área no sabe, no tiene ni la más pálida idea", enfatizó.

 

Y añadió que "entonces vemos que uno dice una cosa, el otro dice otra. Estamos viendo en el tratamiento de la ley, que sacaron no sé cuántos artículos, pero están dejando los peores, que son los que delegan poderes. La suma del poder público, y todo lo que rechacen ahora, después el presidente lo va a poder volver a plantear", concluyó.

 

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