Viernes 26 de abril 2024

La familia de Lucio fue a la Corte Suprema

Redacción 08/03/2024 - 00.26.hs

La familia paterna de Lucio Dupuy, el niño asesinado por Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez, presentaron un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para dejar sin efecto la sentencia del Jury de Enjuiciamiento que absolvió la jueza de Familia, Niñas, Niños y Adolescentes de General Pico, Ana Clara Pérez Ballester, y a la asesora Elisa Catán, por su intervención en la tutela del niño. Consideran que hay "arbitrariedad manifiesta".

 

La presentación ingresó este jueves al máximo órgano judicial del país, indicó el abogado de la familia Mario Aguerrido. "El recurso se planteó en relación a la sentencia del Jury solicitando que se deje sin efecto la misma, entre otras cosas por arbitrariedad manifiesta", afirmó en diálogo con LA ARENA.

 

En ese sentido, recordó que cuando se conoció el fallo del Jury "se planteó en la instancia provincial un recurso de casación, que lo rechazó el Superior Tribunal de Justicia (STJ) en menos de 24 horas por inadmisible. Contra esa resolución, se planteo recurso extraordinario federal el cual también fue rechazado por el Superior Tribunal local por que lo recurrido no era una sentencia definitiva".

 

Esta negativa motivó el recurso de queja a la Corte, que se plantea por denegación de la vía federal en la instancia provincial. "El recurso esta planteado no solo por el padre, sino también por los abuelos paternos de Lucio, lo que implicó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 313 que regula el funcionamiento del jury en la Provincia", reveló.

 

Mal desempeño.

 

Aguerrido explicó que en el recurso se mencionó "lo relativo a lo verificado en el curso del Jury, respecto de que no hubo escucha del niño, falta de citación del padre al proceso, falta de intervención de la autoridad administrativa ante vulneración de derechos del menor, consentimiento del archivo de actuaciones vinculadas con la tutela". A su vez, "no se trató por parte del STJ la inconstitucionalidad planteada de los artículos 25 y 26 de la ley 313", debido a que "impide participación de la víctima en proceso y establece irrecurribilidad de la sentencia".

 

"Los distintos recursos contienen el análisis de la actuación de las funcionarias enjuiciadas en función de lo que disponen leyes provinciales, leyes nacionales, el Código Civil y Comercial, y convenciones internacionales que forman parte de la ley fundamental conforme lo consagra el artículo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional", agregó.

 

El objetivo es que "se haga lugar a la acusación desplegada en el Jury". Los recursos se analizaron por un grupo de abogados, entre ellos el abogado de la familia en La Pampa, José Mario Aguerrido, que patrocinó los recursos en el ámbito provincial, y la doctora Fátima Silva que fue quien interpuso la queja ante la Corte. También hubo colaboración de distintas personas vinculadas con el Derecho de la Niñez que se manifestaron alarmadas por el resultado del proceso en la Provincia.

 

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