Jueves 25 de abril 2024

Ordenan al Sempre entregar droga muy costosa a afiliada

Redaccion Avances 04/03/2024 - 21.49.hs

El juez civil de primera instancia, Pedro Campos, ordenó a la obra social provincial Sempre la entrega de una medicación muy costosa a una afiliada que padece una enfermedad degenerativa. Aunque previamente, exigió que su médico tratante presente un informe sobre su estado de salud actual, para que la parte demandada puede realizar un seguimiento acerca de la mejoría o estabilización a partir del uso de la droga.

 

La resolución de Campos solo tiene un antecedente en el país referido a la utilización del mismo medicamento. La Cámara Contencioso Administrativa de tercera nominación de la ciudad de Córdoba, en noviembre del año pasado, hizo lugar a una acción de amparo interpuesta por un afiliado de la Administración Provincial del Seguro de Salud que padece la misma atrofia muscular espinal que la paciente pampeana. Ese Tribunal remarcó en el fallo de que el fármaco Risdiplam, marca Evrysdi, es una de las drogas más caras del mundo.

 

El juez santarroseño hizo lugar en forma parcial al amparo ya que, por otra parte, rechazó el pedido al Sempre de una cobertura integral de 12 horas de asistencia domiciliaria por entender que la obra social está brindado esa cobertura, de acuerdo a la normativa vigente, y que la demandante solo se limitó a cuestionar el monto que recibe mensualmente por esa prestación.

 

 

Frascos.

 

Según informaron del STJ, la afiliada, a través de los abogados particulares José Mario Aguerrido y Santiago Costabel, pidió que el Sempre le suministre tres frascos mensuales del medicamento Evrysdi. Judicializó el planteo porque la obra social le negó ese requerimiento por la vía administrativa.

 

¿Cuáles fueron sus fundamentos? Que esa droga le fue recetada por su médico personal, que salió hace un año al mercado y que está aprobada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat). Y agregó que el cuerpo médico forense de Santa Fe dijo, en otra causa judicial, que los pacientes pueden tener una mejoría modesta que supondría la adquisición de funciones intermedias relevantes.

 

El Sempre, a través de su asesor legal, Pablo Luis Girard, sostuvo que existe “escasa evidencia científica” acerca de las mejoras que eventualmente puede brindar el fármaco.

 

Además resaltó que por tratarse de “un medicamento de alto costo (igual o superior al 40 por ciento de los ingresos del hogar donde hay un paciente que necesite tomarlo)”, su suministro sin suficiente base científica “puede hacer peligrar el sistema de salud, ya que los recursos con que cuenta el Sempre son finitos” y “desfinanciar la obra social pondría en peligro las prestaciones de salud del universo de afiliados”.

 

 

Fundamentos.

 

Campos, al argumentar el fallo, afirmó que La Pampa adhirió a la ley nacional 26689 de Cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes y, por consiguiente, está “obligada a adecuar su menú prestacional”.

 

Añadió que si bien es cierto que el médico que atiende a la demandante “reconoció que los resultados” de un estudio sobre los beneficios de  Evrysdl “recién estarán en diciembre de 2024”; en la causa no está discutido que la droga fue aprobada por la Anmat y que la mujer “resultaría encuadrable para su tratamiento” por las características propias de su atrofia.

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?