Viernes 19 de abril 2024

Condena con inhabilitación para conducir

Redacción 08/10/2016 - 02.35.hs

El juez de audiencia Carlos Mattei condenó a Carlos Eduardo Formenti como autor material y penalmente responsable del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente de un vehículo automotor a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor por siete años.
A su vez, también por tres años, le fijó el cumplimiento de las siguientes reglas de conducta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se le revocará esa condicionalidad: fijar domicilio y someterse al cuidado de un patronato.
Durante el juicio oral y público, el fiscal Carlos Ordas había requerido que Formenti -un chofer de 57 años- sea condenado a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo y a ocho de inhabilitación; mientras que el defensor oficial, Pablo Maldini, alegó por su absolución y, subsidiariamente, pidió la pena mínima y que se lo exima de la prohibición de conducir porque "es justamente lo que sabe hacer y con lo que sostiene a su familia".

 

Pruebas.
Con las pruebas incorporadas al legajo, Mattei dio por probado que el 22 de abril de 2013, a las 10.20, Verónica Andrea Netto, de 31 años, circulaba en bicicleta por la calle Cavero en sentido oeste-este, entre colectora de avenida Circunvalación y Río V, y que "cayó debajo de los neumáticos traseros derechos del camión Mercedes Benz, con semirremolque, que era conducido por Formenti, quien ingresó a dicha calle en contramano, en sentido este-oeste, invadiendo el carril de circulación de la víctima. Al ser arrollada por el camión, Netto sufrió lesiones que con posterioridad produjeron su deceso".
El juez señaló que la propuesta de la defensa debía ser rechazada porque "no se acreditó que el accionar de Formenti haya sido producto de un error invencible. La deficiente señalización de un cartel, que no indicaba prohibición de avanzar o de contramano sobre la calle Cavero, alegado por la defensa, no ha sido determinante en el accionar del imputado, por no ser la única señalización existente en el lugar".

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?