Lunes 15 de abril 2024

Condena en suspenso

Redacción 19/03/2015 - 01.38.hs

El juez de Audiencia, Andrés Olié, condenó ayer a un hombre de 61 años a un año de prisión en suspenso por el delito de abuso sexual simple en perjuicio de un menor de cinco años. El condenado es R.Z. y el hecho investigado ocurrió a fines de 2012 en una localidad cercana a Santa Rosa.
La fiscalía había solicitado para el imputado, durante el juicio, una pena de dos años y medio de prisión de efectivo cumplimiento, en función de "toda la estigmatización y las conductas posteriores a haber cometido el delito, que culminaron en la necesidad de que el niño debió mudarse a unos 200 kilómetros de su domicilio de origen". La defensa, en cambio, alegó por la absolución al sostener que era inocente.
En su resolución, Olié le impuso a R.Z. las siguientes reglas de conducta por el plazo de tres años: a) obligación de fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados, b) prohibición de acercamiento y todo tipo de contacto o molestias con relación al menor; y c) prohibición de acercamiento, a menos de 100 metros, de la casa que su madre.
El juez dio por probado que el condenado realizó tocamientos "por debajo de la ropa íntima" en momentos en que se encontraban a solas. Indicó que consumó el delito "en un ámbito de intimidad y reserva (...), fuera de la presencia de posibles testigos, propiciando con ello la impunidad de su actuación".
Agregó que "el acusado aprovechó la indefensión de la víctima, originada no solo en su corta edad e ignorancia en aspectos vinculados con la sexualidad, sino también en la frecuencia de trato y relación que existía, ya que era un asiduo concurrente" a su comercio.
Olié tuvo en cuenta esas circunstancias como agravantes de la pena y consideró como atenuante la falta de antecedentes.

 


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