Viernes 12 de abril 2024

Condenan a Sosa a prisión efectiva

Redacción 28/07/2016 - 02.39.hs

El juez de audiencia Andrés Aníbal Olié le revocó la condicionalidad de una sentencia anterior dictada por la Cámara en lo Criminal 1 contra Sosa, y le unificó la sanción en una pena única de cuatro años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento.
En la causa caratulada "Sosa, Carlos Luján sobre uso de documento privado falso en concurso ideal con estafa", la sentencia fue dictada ayer mismo. Durante los alegatos del juicio oral y público, el fiscal Guillermo Sancho había pedido que Sosa sea condenado a tres años de efectivo cumplimiento, unificando la pena con la anterior en una pena única de cinco años, por considerarlo autor del delito de uso de documento privado falso, en concurso ideal con estafa.
El juez Andrés Olié consideró que el delito de estafa no llegó a consumarse, aunque sí el intento, "por razones ajenas a la voluntad de Sosa. La confección de la escritura traslativa de dominio hubiera consolidado jurídicamente el desapoderamiento intentado, lo cual no aconteció por la imposibilidad de Sosa de cumplir con el recaudo legal de acreditar el origen de los fondos, aspecto que pretendió satisfacer con una declaración jurada que la escribana estimó insuficiente".
Las audiencias contaron con la representación del Ministerio Público Fiscal, en manos del fiscal Guillermo Sancho; como querellante particular, lo hicieron las abogadas Giselle, Vanesa y Tamara Crespo, con el patrocinio letrado de José Rodríguez y el imputado contó con la asistencia técnica del letrado Juan Carlos De la Vega.

 

Hecho.
En el alegato de apertura, Sancho informó el hecho traído a conocimiento del tribunal, consistente en que Ricardo Crespo le compró el día 6 de septiembre de 2013 a Marcos Bernasconi, por la suma de tres millones setecientos mil pesos, un complejo de cabañas ubicado en Villa General Belgrano que giraba bajo el nombre de fantasía "El Rincón de la Montaña". La operación se materializó en un boleto de compraventa en cuya confección intervino la inmobiliaria Vilchez, también de Villa General Belgrano.
Posteriormente, el 5 de diciembre de 2013, Crespo falleció. En ese momento Carlos Luján Sosa se hizo presente en las cabañas, las cuales estaban ocupadas por Norma Hernández, prima de Crespo, con la cual había firmado un contrato de explotación para justamente empezar a trabajarlas.
Sosa se presentó con un convenio de cesión de derechos, firmado supuestamente entre Crespo y Sosa con fecha 9 de septiembre de 2013, es decir firmado a tan solo tres días de haberse materializado el negocio. Con ese documento, tomó posesión de las cabañas porque Hernández se fue del lugar, firmó un contrato de explotación con otra persona de Córdoba que vive en la esquina de donde están las cabañas y comenzó a hacer remodelaciones y trámites en la municipalidad a los efectos de la explotación.
Además, contrató a un abogado de Almafuerte e inició los trámites de escrituración en la escribanía Villafañe, lo cual no se pudo consumar por falta de requisitos. Afirmó el fiscal que esa cesión de derechos es falsa y se usó para perjudicar a los herederos de Crespo, calificando así el accionar desplegado por Sosa como el constitutivo del delito de Uso de documento privado falso, en concurso ideal con Estafa.

 

Desenlace.

 

Finalmente, ayer el juez de audiencia Andrés Aníbal Olié condenó a Carlos Luján Sosa a dos años y seis meses de prisión, como autor material y penalmente responsable del delito de tentativa de estafa en concurso ideal con el uso de documento privado falso. Le revocó la condicionalidad de una sentencia anterior dictada por la Cámara en lo Criminal y le unificó la sanción en una pena única de cuatro años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento.
Olié consideró que el delito de estafa no llegó a consumarse "por razones ajenas a la voluntad de Sosa".

 


' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?