Lunes 15 de abril 2024

Confirman condena por abuso de armas

Redacción 08/10/2016 - 02.35.hs

El Tribunal de Impugnación Penal no hizo lugar a un recurso de impugnación presentado por la defensa, y de esa manera confirmó la condena contra Sebastián Maidana, a un año y seis meses de prisión en suspenso, por ser autor del delito de abuso de armas.
El recurso había sido presentado por el defensor oficial de Victorica, Edgardo Trombicki, contra el fallo condenatorio dictado por el juez Daniel Sáez Zamora, el pasado 22 de agosto. Este condenó a Maidana, un comerciante de 33 años, porque el 18 de julio de 2013, en el parque Los Pisaderos, encontrándose junto a Emanuel Pozzo Corona, efectuaron disparos con un arma calibre 22 contra Román Avila, causándole una herida leve en el pie izquierdo.
Los jueces del TIP, Filinto Rebechi y Pablo Balaguer, desestimaron los argumentos defensivos acerca de que Sáez Zamora tuvo en cuenta medidas probatorias que conspiraron contra el principio de inmediación; que en el juicio oral no estuvo presente Avila, y que habían sido dos las personas que dispararon contra él, solo a Maidana se le atribuyó el delito de abuso de armas.
Rebechi sostuvo que al momento del ofrecimiento de pruebas, el Ministerio Público Fiscal propuso como prueba documental las efectuadas durante la instrucción del legajo y dio un detalle de ellas. En ese momento la defensa no formuló objeciones.
"Si el recurrente, al momento en que se le corrió traslado del ofrecimiento de prueba 'documental' por parte de fiscalía para su incorporación por lectura, no se opuso; en esta instancia recursiva no puede alegar que el tribunal tomó en cuenta dichas medidas probatorias, ya que ello fue aceptado por la defensa en su oportunidad", indicó Rebechi.

 

"Criminalística".
"La misma situación se planteó con respecto al no comparendo al juicio de Avila, toda vez que según surge del acta de audiencia de debate, Ministerio Público Fiscal desistió de su comparendo y allí no hubo ningún tipo de oposición por parte de la defensa", agregó.
"En lo que respecta a que siendo dos las personas imputadas como autores del hecho, solamente su defendido fue condenado por el abuso de armas, ello tiene una explicación de tipo procesal -resaltó el magistrado-. Según surge claramente de la sentencia dictada por el Tribunal de Audiencia, Pozzo Corona fue apartado del presente trámite por una suspensión de juicio a prueba, tal como fuera manifestado por la fiscalía y admitido por la defensa".

 


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