Lunes 22 de abril 2024

Desplazará a la Provincial en la investigación y en las pericias

Redacción 03/10/2016 - 01.18.hs

Juan José Reyes - El organismo estará a cargo de un jefe y un subjefe que serán inamovibles en sus cargos. Estarán bajo la órbita del STJ y supervisados por el Ministerio Público. Sus miembros tendrán facultades para dar órdenes a la Policía cuando se constituyan en la escena de un crimen.
En unos días más el ministro de Gobierno y Justicia de la provincia, Juan Pablo Bensusan, elevará a la Legislatura un proyecto de ley que propone la creación de una Agencia de Investigación Científica (AIC) que tendrá reparticiones en Santa Rosa, General Pico y General Acha, cabeceras de la primera, segunda y tercera circunscripciones judiciales. El organismo será un instituto civil con mayores atribuciones que la policía judicial prevista por el propio ministerio.
La AIC dependerá del Superior Tribunal de Justicia, con la supervisión del Ministerio Público Fiscal (fiscales generales, fiscales o fiscales adjuntos). Estratégicamente la Agencia podrá "intervenir en la búsqueda y estudio de elementos de prueba para asistir al desarrollo de investigaciones judiciales". La novedad es que incluirá en esa indagación "a funcionarios públicos y miembros de las fuerzas de seguridad".
Cuando comience a aplicarse "los integrantes de la AIC, requeridos por un juez y ejecutados con arreglo a las disposiciones procesales vigentes, tendrá el valor de una pericia oficial". Se pretende quitarle atribuciones en áreas científicas y de investigación a la Brigada de Investigaciones y la injerencia en determinados casos del Ministerio de Seguridad para ponerlas bajo órbita del MPF. La idea es que sus miembros, sin ser policías, pasen a ser empleados judiciales por tanto la investigación de los delitos no se realice por agentes policiales sino por empleados civiles.
La Agencia estará a cargo de un Jefe y un Subjefe (pretenden que sean abogados e inamovibles en sus cargos) en base al diseño de la política criminal que realice el MPF y que garantice el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue creado, debiendo presentar ante el STJ un informe de gestión anual. Para ello Diputados deberá modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

Funciones.
Ya están establecidas cómo serán las funciones del nuevo Instituto judicial. Podrá no solo intervenir en el estudio de elementos de prueba sino también en el desarrollo de las investigaciones, aportando elementos de convicción a las partes del proceso. Además tendrá injerencia en "aquellos casos en los que, debido a la estructura organizativa de los autores que involucra, a las características propias de la comisión del hecho o la complejidad requerida para la investigación, los fiscales dispongan su intervención".
Llama la atención que también será parte interesada en la investigación de ilícitos cometidos por los funcionarios públicos y miembros de las fuerzas de seguridad con motivo o en ocasión del cumplimiento de sus funciones. En definitiva serán auxiliares del MPF, "debiendo ejecutar sus requerimientos y órdenes en base a la competencia, atribuciones, facultades y principios establecidos en la nueva normativa que deberá ser aprobada en la Legislatura".
Otras características distintivas en que podrá asistir "científicamente en el desarrollo de las investigaciones, como así también para la búsqueda, recopilación, análisis y estudio de las pruebas que contribuyan al esclarecimiento de los hechos".
Podrá aportar al "desarrollo y perfeccionamiento de tecnologías que permitan mejorar las técnicas de investigación criminal y la de contribuir en la elaboración de los diseños de política criminal que efectúa la Procuración mediante la generación de datos estadísticos y casuísticos. Sus intervenciones estarán dirigidas en forma exclusiva a cambiar los protocolos de investigación de los hechos a través de la recolección y análisis de nuevos elementos de prueba.

 

Atribuciones.
En los procesos en que se disponga su intervención, la AIC tendrá una serie de atribuciones. En primer lugar "el de cuidar que los rastros materiales obtenidos que hubiere dejado el delito sean conservados hasta que así lo determine el Ministerio Público Fiscal". También "constatar el estado de las personas, de las cosas, de los lugares, mediante inspecciones, planos, fotografías y exámenes técnicos que se estimen necesarios.
Podrá "requerir instrucciones al Fiscal, a fin de incautar objetos o instrumentos relacionados con el delito, asegurando su conservación, además de solicitar a los fiscales la asistencia de la policía y las fuerzas de seguridad, a fin de cumplimentar su tarea". Destaca el proyecto que "si hubiere peligro para su persona o terceros puede solicitarla en forma directa dando cuenta inmediata al Fiscal. Tendrá facultad para "requerir de los poderes públicos y de las personas de existencia ideal o física, la colaboración necesaria para el cumplimiento de sus funciones". Desde "el momento en que sus integrantes se constituyan en el lugar del hecho pueden impartir directivas a la policía y demás fuerzas de seguridad que se encontraren en el lugar con el fin de cumplir con su función. Por último el régimen a aplicarse a los integrantes del organismo serán las normativas vigentes para el personal del Poder Judicial, en aquellas cuestiones no reguladas por la nueva ley, además de incompatibilidades y prohibiciones que rigen para los integrantes judiciales, quedando específicamente prohibido a sus miembros "la de patrocinar o realizar gestiones judiciales de terceros relacionadas con la función; la de asociarse, dirigir, administrar o vincularse con personas físicas o jurídicas que sean proveedores del Estado o exploten privilegios otorgados por aquél".
Además, "regirá al igual que la policía la imposibilidad de realizar medidas de fuerza que entorpezcan el funcionamiento del servicio y la de gestionar beneficios o interponer reclamos fuera de la vía que corresponda, recibir dádivas, compensaciones y/o cualquier otra ventaja con motivo de su función".

 

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