Miércoles 24 de abril 2024

Dos de cada tres padres no paga la cuota alimentaria

Redacción 22/12/2008 - 03.47.hs

Las dos terceras partes de los padres divorciados o separados no cumplen con el aporte para sus hijos. Como es común, en el 87% de las separaciones conyugales, los niños quedan a cargo de la madre.
JUAN JOSE REYES
La obligación de hacerse cargo de los hijos es una responsabilidad que va más allá de la situación económica y que corresponde a ambos padres, no sólo a la mujer. Pero ellos parecen divorciarse o separarse no sólo de su pareja sino también de sus hijos. El daño psicológico se ve agravado toda vez que el cónyuge deja de cumplir con sus obligaciones y somete a los hijos a una mayor pobreza. Una de las obligaciones reside en la llamada cuota alimentaria, una suerte de asignación que deben abonar por sus hijos para ayudar a su ex pareja a solventar la crianza de los menores.
Los empleadores no cumplen con sus obligaciones cuando saben que sus empleados son separados y tienen hijos que no viven bajo su sustento, salvo en los efectores públicos. Las estadísticas son una cachetada al género masculino, pues muestran el triste privilegio de que lideremos el ranking. Hay 20 mil hogares sobre un total de 93 mil donde la mamá es la única aportante, lo que indica que los padres pampeanos divorciados y/o separados son desaprensivos.
Para el Indec-Celade (sobre estimaciones y proyecciones 2007-2011), en La Pampa se ha constatado una brusca caída de la tasa bruta de nupcialidad y un notable incremento de las separaciones, divorcios y uniones de hecho. Informaciones locales dan cuenta además que sólo 3,5 de cada diez madres en estas condiciones reciben al día la cuota alimentaria de los papás de sus hijos. En números, puede decirse que 7.596 ex esposas pampeanas o con hijos a cargo, de las 25 mil separadas y/o divorciadas en la provincia, reciben la totalidad de la manutención por parte de los papás que no conviven en el mismo hogar conyugal.
Cada año hay menos parejas casadas (42%) y, por el otro, aumentan los solteros (27%), "juntados" (20%), viudos (7%) y separados y/o divorciados (3,9%), sobre una población total, mayor de 14 años, de 264.996 pampeanos. Este aumento de las parejas separados y/o divorciadas está afectando a las mujeres jefes de hogar, que adicionalmente a la falta de ingresos y la inflación, cada vez menos reciben las litisexpensas para la manutención de sus hijos.

 

Promedio, cinco demandas.
Los juzgados en La Pampa reciben un promedio de entre cinco presentaciones judiciales semanales por parte de esposas separadas y/o divorciadas en contra de sus ex maridos por incumplimientos reiterados en la cuota alimentaria. Las estadísticas lo dicen todo. Solamente 3,5 mujeres de cada diez que se encuentran separadas de cuerpo de sus cónyuges y que deben percibir por parte de su ex parejas la cuota alimentaria, la reciben.
Mientras la legislación avanza a paso de tortuga al ir paulatinamente incorporando mayores penas a los papás divorciados y/o separados que no cumplen o falsean su situación económica, el problema se agrava. El incremento en la desaprensión de los padres separados de sus hijos descansa en el deterioro de la situación económica, empero la relación latinoamericana en este sentido dice otra cosa: habla de un incumplimiento promedio del 37% y no del 65 como aquí.
Una vez disuelta la sociedad conyugal, hay una serie de derechos y obligaciones que tienen los padres para con los hijos. Estas son la tenencia, el régimen de visitas y los alimentos. El deber alimentario consiste en la carga familiar de suministrar los medios necesarios para mantener una vida digna, conforme a la situación económica y recursos del alimentante.
La manutención corresponde a ambos progenitores, pero si es la madre quien ejerce la tenencia de los menores (90% de los casos), las tareas que desarrolla sirven para dar por satisfecha la parte que le corresponde, debiendo el padre efectuar la otra cuota parte. El padre que no ejerce la tenencia de los chicos debe asistirlos, ya que dispone de mayor tiempo libre que el otro progenitor.
El deber de las litisexpensas comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos en comida, educación, gastos por enfermedad, vestimenta y esparcimiento. El valor cuota se fija teniendo en cuenta los recursos y las condiciones socioeconómicas de quien debe procurar los alimentos. Si una de las partes no realiza el aporte se lo puede demandar hasta que un juez determine qué cantidad debe abonar todos los meses.
Para el caso en que continúe en su actitud, se puede lograr coercitivamente aquel pago, mediante descuento del recibo de la nómina salarial o mediante el embargo de bienes. Igualmente, el progenitor que no cumple con el pago de la cuota comete un delito penal, sancionado con prisión de 1 mes a 2 años.
Seguramente algo habrá que hacer. La Pampa del siglo XXI no puede darse el triste privilegio de tener la mayor cantidad de deudores alimentarios del país.

 


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