Domingo 19 de mayo 2024

Histórico fallo pidió que se reactive el curso del río Atuel

Redacción 10/11/2012 - 04.00.hs

En una sentencia clara y contundente, el Tribunal Latinoamericano del Agua se pronunció a favor del reclamo presentado por la Fundación Chadileuvú (Fuchad) en contra de Mendoza y el gobierno nacional por los perjuicios causados a nuestra provincia por el corte del río Atuel. En un fallo´leído ayer por la tarde el TLA reconoció la transgresión del derecho al agua para los habitantes pampeanos y el incumplimiento sistemático de los tratados firmados entre las partes.
La lectura de veredictos sobre las demandas analizadas por la VI Audiencia Pública del TLA se realizó en el Aula Magna de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA). En el caso del río Atuel, los jurados reconocieron "el estado de inobservancia en normas y principios ambientales vigentes así como el incumplimiento de las decisiones ejecutivas, judiciales y convenciones relacionadas a la problemática por la provincia de Mendoza y el Estado nacional argentino".
En segundo lugar, la sentencia exhortó a "la ejecución de decisiones ejecutivas y judiciales" y recordó que el fallo de la Corte Suprema de Justicia (1987) reconoce "el carácter interprovincial del río Atuel y ordena la regulación de la utilización del agua de forma compartida entre ambos distritos". El fallo también advirtió que se comprueba una "denegación del derecho humano al agua a las poblaciones pampeanas" y alertó sobre "la necesidad de no perpetuar esta situación de conflicto interprovincial".

 

Medidas urgentes.
El jurado recomendó adoptar algunas medidas en forma inmediata, entre ellas "establecer y poner en práctica urgentemente un caudal permanente mínimo que asegure, de manera inmediata, el uso del agua para la población de La Pampa, dirimido por una comisión técnica imparcial". También sugirió crear "un Comité de Cuenca Provisional, con una composición provincial paritaria", destinado a garantizar "la participación ciudadana y conclusiones de gestión inmediatas".
Además, el TLA propuso a las provincias involucradas que recurran permanentemente al diálogo y a la cooperación, y les recomendó "informar a sus poblaciones acerca de los datos disponibles y los resultados de sus negociaciones".
Si bien el TLA es una instancia de justicia alternativa para el análisis y la búsqueda de solución a los conflictos hídricos, sus veredictos no resultan vinculantes y los actores imputados no están obligados a obedecer sus fallos. El jurado que trabajó en Buenos Aires estuvo integrado por el francés Philippe Texier (miembro redactor del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de ONU); Alexandre Camanho de Assis, magistrado de Brasil; Ariosto Otero, muralista mexicano; Silvia Nonna, secretaria académica de la Facultad de Derecho de la UBA, y Giselle Boza Solano, abogada, periodista y directora del Sistema Radiofónico de la Universidad de Costa Rica.

 

"Estamos muy felices".
"El veredicto hizo justicia, porque el tribunal nos dio totalmente la razón en la presentación que realizamos" manifestó Héctor Gómez al culminar la lectura de los veredictos. Para el presidente de la Fuchad, el TLA ofreció "un fallo muy bien fundado y, aunque la mayoría de los jueces no son argentinos, han hecho una lectura muy atenta de las leyes involucradas y de nuestra Constitución Nacional". "Esta sentencia se convertirá en una herramienta muy importante para la acción futura de La Pampa en el litigio con Mendoza", agregó.
Mientras tanto, Martín Berhongaray, encargado del alegato jurídico durante la presentación del caso, realizada el lunes, rescató "un punto fundamental que marca un vuelco sobre una falsedad que venía instalando Mendoza". El diputado provincial recordó que a pesar de ser reconocida judicialmente la interprovincialidad del río y acorde al Artículo 124 de la Constitución Nacional (corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio) "no cabe ninguna duda que también le atañe a La Pampa la potestad sobre el río Atuel".
El radical también subrayó otros aspectos clave de la sentencia, como "la violación al derecho del agua y a las normas constitucionales sobre la igualdad de oportunidades, y al deber de garantizar a todos los habitantes del país un ambiente sano y equilibrado". Al igual que Gómez, celebró la disposición del TLA porque promueve "la garantía de una escorrentía permanente hasta tanto Mendoza complete las obras previstas convencionalmente para mejorar la eficacia de riego", y se mostró satisfecho de que el TLA "haya mandado a reglamentar la Ley 25.688 de Régimen de Gestión del Agua y constituir el Comité de la Cuenca Hidrográfica del Atuel".
Además de Gómez y Berhongaray, a la lectura del fallo en el Aula Magna de la UBA asistieron los diputados provinciales Juan Pablo Morisoli y Alfredo Schanton (PJ).

 


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