Lunes 15 de abril 2024

Ingresos Brutos aporta $1.780 millones

Redacción 20/01/2015 - 01.18.hs

El 70 por ciento del aporte total proviene de este gravamen que en el 2015 actualizó sus mínimos en un 30% promedio. Esta cifra es sobre un total de recursos tributarios de 2.548 millones de pesos.
JUAN JOSE REYES
Los Ingresos Brutos aportan al fisco pampeano 1.780 millones de pesos por lo que es el impuesto que reviste mayor incidencia en la recaudación propia local. Esta cifra es sobre un total de recursos tributarios de 2.548 millones (junto al inmobiliario, vehículos y sellos).
El 70 por ciento del aporte total proviene de este gravamen que en el 2015 actualizó sus mínimos en un 30% promedio, acorde con la inflación anual, pero con mayor incidencia en las grandes empresas y cadenas de supermercados que facturan por sobre la barrera de los 500 millones anuales. Sin embargo la presión fiscal que ejerce el IIBB en La Pampa es mucho menor que en el resto del país, ocupando el puesto 22 entre 24 distritos según una consultora.
De todas maneras, crecerá nominalmente, según el Presupuesto 2015, en un 58,22%. Su aumento está significativamente relacionado con una mejora en el ciclo económico, pero también con la inflación.
Para el Instituto Argentino de Análisis Fiscal, la carga tributaria que ejercen los ingresos brutos sobre el conjunto de actividades económicas asciende, para el promedio de las 24 jurisdicciones del país, al 1,68% sobre las ventas brutas, netas de IVA. Misiones es la mayor con el 2,9% y San Luis la menor con el 0,6%.
En La Pampa apenas se supera el 1,4% derrumbándose aquella vieja creencia de que son el sustento de los tesoros provinciales.
Las arcas locales se nutren por la suba de las transferencias nacionales, es decir por coparticipación federal y asignaciones específicas y por supuesto de las actividades agropecuarias y petroleras. La Pampa recibió desde Nación en 2014 la suma de 5.423,58 millones de pesos con un superávit interanual de 1.406. Sin embargo lo que se percibirá por el impuesto a los ingresos brutos es alto en comparación a otros años.

 

Alícuotas.
De acuerdo al artículo 202 del Código Fiscal, la tasa general del 2,5% de su facturación total incluye al 80% de las actividades de comercialización (mayoristas y minoristas) y de prestación de obras o servicios (600 actividades en total).También hay una tasa del 0,5% para algunas de las actividades de la producción primaria como las agricultura, producción de leche, aves, apicultura y frutos frescos, y extracción de madera, caza ordinaria o mediante trampas y repoblación de animales, explotación de minas de carbón, extracción de minerales metálicos y de piedra, arcilla y arena, extracción de minerales no metálicos y explotación de canteras.
Se estableció una tasa del 3% para la actividad de producción primaria de petróleo crudo y gas natural y entre el 1 y el 4,1% a los que comercializan productos hidrorcarburíferos. A la mayoría de las actividades de industrialización de bienes se les aplica una tasa del 1,5%. Otras rangos importantes refieren a la cría de ganado bovino con el 0,7% comercializadas dentro de la provincias, a la venta al por mayor y menor de semillas con el 1% a igual que a la cría de ganado pero dejando fuera a la cría bovina vendida fuera de La Pampa (1,5%). Pero la más importante es la de la comercialización de cereales, forrajes y miel la cual se estableció en el 2,5 por mil (no por ciento).

 

Venta.
Otras refieren a la venta al por mayor y menor de abonos, fertilizantes y productos agroquímicos con el 2%, la locación de bienes inmuebles con el 3,5%; la venta mayorista de tabaco, cigarrillos y cigarros con el 4,1%, las agencias de turismo o de pasajes, únicamente por los ingresos obtenidos en concepto de comisiones con el 4,1%. Dentro del 4,1% también se incluyen a las compañías de capitalización y ahorro, a las empresas o personas dedicadas a la negociación de órdenes de compra o administración de tarjetas de compra o crédito, a las compañía de seguros y ART.
Con alícuota cero a varias actividades de la producción primaria referidas a la industrialización de bienes que se realicen localmente mediante la transformación física, química o físico-química, pero no encontrándose comprendidos los procesos de montaje, instalación, fraccionamiento o conservación cuando sean realizados por un sujeto distinto del que elabora los productos.
Finalmente en 2015 los importes mínimos mensuales a pagar por los contribuyentes encuadrados en las alícuotas del 2,5 % será de 180 pesos. Entre 2,5 y 3,5% de 250 pesos; entre 3,5 y 4,1% de 290 pesos; entre 4,1 y 6% de 430 pesos y finalmente los que están entre el 6 y el 7,5% de 2.630 pesos y los que van del 7,5 al 15% de 3.820 pesos.

 

Habrá incremento en la recaudación
Existe un importante incremento en la recaudación del gravamen en La Pampa cuando en la mayoría de los distritos hay contracción y sensibles disminuciones en el aporte del inmobiliario, sellos o el automotor. Las demás bases imponibles permanecen inmóviles pues sólo crece la valuación fiscal cuando en el IIBB la estructura de financiamiento cambia.
No es el caso de La Pampa donde es un tributo indirecto al consumo, cuyo hecho generador es el ejercicio habitual y a título oneroso del comercio, industria, profesión, oficio, negocio, locaciones de obras, bienes y servicios. Su base de cálculo son las sumas devengadas por ventas de productos, remuneración o compensación de servicios o por retribución de la actividad ejercida. Son contribuyentes aquí, las personas físicas, sociedades con o sin personería jurídica y demás entes. Aquellos se clasifican en Obligados Directos (desarrollan sus actividades solo aquí) y los del Convenio Multilateral (ejercen en más de una jurisdicción provincial). El impuesto se determina mediante la declaración jurada del contribuyente.

 


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