Martes 14 de mayo 2024

La Justicia pampeana resiste la presentación de sus patrimonios

Redacción 31/07/2017 - 01.13.hs

Juan José Reyes - El 9 de noviembre de 2016, por Acuerdo 3476 presentado por el STJ, se proyectó analizar en conjunto con el titular de la FIA Juan Carlos Carola, la posibilidad de que el organismo de contralor recibiera las DD.JJ de magistrados y funcionarios del Poder Judicial. A 8 meses de la propuesta no hay acuerdo.
La decisión de transparentar la presentación de las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios judiciales fue firmada el año pasado por los ministros del Superior Tribunal de Justicia Eduardo Fernández Mendía, Hugo Díaz, Elena Fresco, José Sappa y Fabricio Losi, y el procurador general Mario Bongianino. El objetivo era que magistrados y fiscales las elevaran a la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA).
A ese privilegio de no conocerse sus activos, debe destacarse otro como los es estar exentos de pagar el Impuesto a las Ganancias, gravamen que afecta a buena parte de los salarios públicos altos. El resultado, si es que se da a conocer, sorprenderá ya que no solo tienen remuneraciones que triplican a la del gobernador, habría otros "datos" muy llamativos por la fuerte subvaluación de sus bienes. Esto es porque son declarados, no con su valor de mercado, sino con su valor fiscal determinado por la AFIP. El organismo recaudador elige el mayor valor entre la compra (la escritura) o la base imponible (que depende la gabela del Impuesto Inmobiliario provincial).
Entre los bienes declarados por magistrados del STJ habría inmuebles con mejoras y terrenos costosos; departamentos dentro y fuera de la provincia; campos; autos y utilitarios de alta gama; depósitos en el exterior; tiempos compartidos e inversiones y dineros en otras sociedades. La pregunta es: si ganan muy bien, ¿cuál es el riesgo de publicitar qué bienes detentan y cuál es el origen de los fondos?

 

Casta privilegiada.
Desde hace 14 años el patrimonio de los jueces y ministros del STJ de La Pampa no se dan a conocer públicamente por "cuestiones de seguridad", argumentaron alguna vez por la falta de autonomía para manejar sus propios fondos y que "hacer caso a dicho reclamo atenta contra su independencia". La pelea se centra, al igual que en Mendoza y Córdoba, en su momento aunque sobre la declaración del dinero en efectivo y las joyas.
En diciembre pasado, por Nota 127/16, enviada por el fiscal Carola, se remitió para conocimiento del STJ una copia de la Resolución 1035/16, relacionada con el régimen de presentación de las DD.JJ ante el organismo a su cargo. Hubo reunión preparatoria con personal de la FIA (marzo pasado). En mayo otra reunión de trabajo y tampoco hubo avances. El 26 de julio en reunión de acuerdos de ministros del STJ hubo otro informe sobre la reunión de la comisión de trabajo, pero las diferencias se ampliaron.
Lo extraño es que el mismo STJ elaboró un Plan Estratégico exponiendo fortalezas y debilidades de ese Poder resaltando "la urgente necesidad de transparentar la gestión a través de declaraciones juradas patrimoniales, que se publiciten". Además hicieron suyo el Acuerdo 3408 de "adhesión a los Principios de Etica Judicial declarados en la Parte I del Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial".

 

Pasito a pasito.
El "diálogo institucional" existe, hubo seis reuniones inter organismo y ocho encuentros donde se trató el tema. Es más, días después de la propuesta se pidió incorporar también al control las DD.JJ a otros funcionarios del Poder Judicial. El STJ firmó un acuerdo para pedir que la FIA analice si podía recibir las DD.JJ de jueces, fiscales y defensores.
A la fecha siguen en su custodia (guarda) y su acceso está restringido para el periodismo y los ciudadanos de a pie. Originalmente hubo acuerdo por la voluntad expresada por el STJ y compartida por la FIA, a fin de lograr la unidad e igualdad del sistema de Declaraciones Juradas de Bienes, en los tres Poderes del Estado Provincial.
El fiscal Carola dijo aquella vez que "siendo las declaraciones juradas un instrumento de prevención de los delitos contra la Administración Pública, que demandan un verdadero compromiso de todos los actores que lo componen, se hace necesario mancomunar esfuerzos para lograr el objetivo deseado, en el marco de la normativa de la Ley 1252 desde enero de 2013, cuya autoridad de aplicación en la FIA".
Las presentaciones de DD.JJ, es obligación no solo establecida por Ley, sino que representa un cumplimiento ético, de todo obligado, indicado en el artículo 2, en el deber de responder al control público de los ciudadanos. Al parecer la lentitud en arribar a un acuerdo se sustenta en fuertes diferencias entre a Ley que se aplica a los funcionarios públicos y las que quiere el STJ. Aquél fue elaborado en junio de 2016 y presentando a la FIA en noviembre del año anterior y las diferencias son cada día mayores.

 

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