Domingo 21 de abril 2024

Mamá de una víctima sin Justicia ntentó suicidarse

Redacción 02/09/2016 - 00.57.hs

Había transcurrido más de una hora desde el inicio de la reunión que sin audiencia previa se desarrollaba entre el ministro del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa, Fabricio Losi, dos colaboradores, el padre y la madre de Adán Serraino y la presidenta de la Fundación Estrellas Amarillas, Silvia González. Cuando el encuentro estaba llegando a su fin, Amelia Zinki sorprendió a todos. "Yo voy a hacer lo que dije", afirmó. Acto seguido exhibió en una mano una jeringa, se la inyectó en el cuello y cayó al piso.
La madre de Adán lo había anunciado un día antes en la rueda de prensa que con su marido ofrecieron en la sede de la Fundación, en la calle Mitre de Santa Rosa. Allí habían contado que la Justicia pampeana había declarado la prescripción de la causa contra el homicida de su hijo, Angel Patricio Molina, y su sobreseimiento. Aseguró entonces que llevaba siete años sin vida por la enorme pérdida sufrida y anticipó que el 1 de noviembre próximo iba a quitarse la vida frente al Centro Judicial.

 

Testimonio.
González, testigo del inédito episodio ocurrido en la víspera, relató: "Estábamos hablando de todo lo que había pasado, nos habían atendido muy bien. Zinki no había pronunciado palabra y llegó un punto donde pidió hablar. Preguntó a las autoridades presentes si estaban al tanto de la amenaza que había hecho pública el día anterior ante los medios y obtuvo una respuesta negativa. Ante la falta de solución manifiesta de las autoridades sobre la muerte de su hijo, dijo: 'Yo voy a hacer lo que dije'".
Rubén Serraino, esposo de Amelia y padre de Adán, le detuvo la mano cuando vio que se la llevaba el cuello. La mujer logró inyectar la jeringa pero enseguida le fue retirada gracias a la reacción del hombre. Hubo un pedido desesperado de auxilio tanto de Losi como de González. Rápidamente ingresó personal policial y solicitó que no la tocaran. Finalmente, la mujer tomó la mano de uno de los funcionarios judiciales presentes y, con lágrimas en los ojos, le pidió justicia para Adán.

 

Derechos Humanos.
"Está desbordada psicológicamente", explicó Rubén, ayer por la tarde, en diálogo con LA ARENA. El vecino de 25 de Mayo contextualizó la reacción de su esposa en el dolor que ambos arrastran desde la madrugada del 1 de noviembre de 2008, cuando Molina, quien conducía a alta velocidad, en contramano y alcoholizado lo arrolló y lo mató.
En cuanto a lo conversado con Losi, Serraino afirmó que fueron recibidos de inmediato a pesar que no tenían audiencia y que el ministro los escuchó y les dedicó tiempo. Explicó que el caso podría volver al STJ para resolver la apelación que sus abogados presentaron para recurrir la prescripción y el sobreseimiento, con lo cual entendió que Losi no podía adelantarles una opinión, dado que podría ser él quien en un futuro no tan lejano tenga que resolver.
La familia Serraino, junto a la dirigencia de la ONG Estrellas Amarillas, será recibida esta mañana en la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de La Pampa donde presentarán el caso. El mismo ya fue expuesto ante el Ministerio de Derechos Humanos de la Nación.

 

Cronología de una injusticia
El 1 de noviembre de 2008 murió Adán Serraino. Tenía 16 años. Fue arrollado por Angel Molina, quien conducía en contramano, a alta velocidad y alcoholizado un Fiat Uno en pleno casco urbano de la localidad de 25 de Mayo. Ese es el inicio de una cronología que casi ocho años después finaliza con la decisión de la Cámara en lo Criminal 1 de Santa Rosa de dictar la prescripción de la causa y sobreseer al homicida al volante.
Fuentes con acceso al expediente explicaron detalladamente, fecha por fecha, por qué se vencieron los plazos procesales y se llegó al dictamen que dejó a una familia sin justicia.
El episodio fue calificado como homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un automotor. El delito contempla una pena de prisión que va de 2 a 5 años. De acuerdo al artículo 2º del Código Penal, los delitos prescriben cuando transcurre la pena máxima. En este caso, si se tomaran los 5 años, hubiera prescripto en 2013, pero la ley contempla los distintos actos que interrumpen los plazos.
En el caso Serraino, el primer acto procesal que hizo un corte fue la requisitoria fiscal, es decir, la acusación del fiscal de primera instancia. Esto ocurrió el 17 de mayo de 2010. Luego, llegó la citación a juicio. Fue el 16 de junio de 2010. Esa es la fecha a partir de la cual se cuenta el plazo. Días antes el expediente había llegado a la Cámara en lo Criminal 1 de Santa Rosa que fue la que realizó la citación.
Sin embargo, el juicio oral y público se realizaría recién en octubre de 2012. ¿Qué pasó en los dos años y cuatro meses que pasaron desde entonces? Se discutió en torno al pedido de juicio abreviado que realizó el Ministerio Público, con acuerdo de la defensa del acusado, y que fue rechazado por la querella y, finalmente, por la propia Cámara.
A su vez, cuando el juicio abreviado ya había sido rechazado, se discutió en torno a una presentación de la defensa de Molina recusando a los jueces de Cámara. El letrado entendía que no podían, los mismos que habían rechazado la posibilidad del juicio abreviado, ser quienes llevaran adelante el debate oral y público.
El planteo llegó al Tribunal de Impugnación Penal y fue rechazado el 14 de junio de 2012. Sus integrantes consideraron que los camaristas eran imparciales y no había motivo para recusarlos. Entonces, el expediente volvió a la Cámara en lo Criminal 1 y se fijó la audiencia del juicio. El 31 de octubre de ese año se dictó la sentencia a 5 años de prisión efectiva, la cual fue apelada por la defensa. Hasta ahí, de los cinco años, habían transcurrido dos años, cuatro meses y 15 días.

 

Dos años después.
El TIP resolvió la apelación casi dos años después. El 8 de septiembre de 2014 rebajó la pena a cuatro años de prisión efectiva. El defensor volvió a la carga y realizó la casación ante el Superior Tribunal de Justicia. El STJ dictó sentencia el 21 de abril de 2015, a menos de dos meses para que expirara el plazo. Consideró que la recusación contra los jueces de Cámara que el defensor venía presentando desde 2012 era atendible, pero no lo resolvió, sino que devolvió el expediente al TIP para que fuera ese tribunal el que lo hiciera.
En mayo de 2015, el TIP resolvió no hacer lugar al planteo y confirmó la sentencia. El defensor volvió a interponer un recurso ante el STJ que, recién más de un año después, anuló la sentencia. Para entonces, el plazo de prescripción se había cumplido hacía un año. En julio de 2016 el STJ remitió el expediente a la Cámara.
El malestar en ese tribunal es inocultable por estos días. Afirman que no tenían otra opción que dictar la prescripción pero aseguran por lo bajo que ya un año antes debían haberlo hecho los ministros del STJ, a quienes responsabilizan por la enorme demora en la resolución del expediente. Entienden que en el máximo tribunal se hicieron los "tontos".

 

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