Lunes 15 de abril 2024

Promulgaron la ordenanza por asientos

Redacción 25/08/2016 - 02.11.hs

El Departamento Ejecutivo Municipal promulgó la ordenanza 5479/2016 que dispone la obligatoriedad de instalar asientos especiales para personas obesas o de gran estructura física en los espacios destinados a espectáculos públicos -cines, teatros, cines-teatro- o salas que funcionen como tales.
Los establecimientos dedicados a espectáculos públicos en los que se deba abonar para el acceso al mismo, no podrán imponer ningún tipo de sobreprecio invocando razones de obesidad de la persona que solicite los asientos.
En los asientos especiales para obesos, el ancho entre ejes de brazo no será inferior a 0,75 metro y la profundidad mínima del asiento será de 0,70 metro. Conserva las demás características de construcción del tipo de asiento que haya en el local donde se encuentren, con los refuerzos estructurales necesarios para absorber los mayores pesos.
El número mínimo será de tres unidades por local, o bien el 1 por ciento del total si el número de lugares fuera mayor a 300.
Para los pasillos interiores entre filas de asientos o butacas, se aceptará como separación mínima entre filas un ancho de 0,90 metro en los sectores para asientos especiales.
Los lugares destinados para personas obesas y/o personas de gran estructura física, deberán estar ubicados en la totalidad del establecimiento, no permitiendo la creación de sectores exclusivos para los mismos.
Los establecimientos existentes disponen de seis meses para realizar los cambios necesarios a fin de dar cumplimiento a la ordenanza. El Departamento Ejecutivo Municipal dispondrá las medidas necesarias para que todas las dependencias y establecimientos sanitarios de su jurisdicción, cuenten con las comodidades y equipamiento adecuado para el uso y asistencia de las personas que padecen obesidad y/o personas de gran estructura física.

 

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