Domingo 14 de abril 2024

Pulseada entre el STJ y Diputados por designaciones

Redacción 29/08/2013 - 04.21.hs

Los ministros del Superior Tribunal de Justicia concurrirán a la Legislatura provincial para referirse a diversos temas de interés y que deben ser tratados por los diputados. Uno de ellos es el tema de la mediación -en breve comenzará la capacitación-; pero los legisladores esperan poder abordar otras cuestiones como por ejemplo la designación de los funcionarios sustitutos en la justicia provincial.
En tanto el STJ pretendería defender su potestad de seguir designando funcionarios sustitutos, entre los diputados campea la necesidad de modificar esa posibilidad. Es que hoy alcanza, para ser considerado con inscribirse en un padrón y no se exigen condiciones de idoneidad.
Precisamente el diputado oficialista Mariano Fernández es autor de un proyecto de ley que pretende modificar la ley 2574, orgánica del Poder Judicial, y que sea una comisión evaluadora la que determine si los aspirantes reúnen los requisitos de conocimientos suficientes para el cargo que van a ocupar.
No obstante eso la comisión de Peticiones de la Cámara de Diputados consideró esta misma semana una nota del STJ, por la que se remite copia del acuerdo a través del cual aprobó el padrón de aspirantes a magistrados u funcionarios sustitutos, correspondiente a la inscripción del mes de junio de 2013. Esto es para que sigan siendo designados como hasta el presente.
Puesto en consideración de la comisión el listado, hubo tres dictámenes diferentes: uno del Partido Justicialista aprobando la nómina; otra del Frepam que se expresa por su rechazo, y la tercera de Darío Hernández (Pueblo Nuevo), que señala que fijará posición en el recinto.
Cabe señalar que entre los aspirantes se encuentran algunos abogados conocidos como el caso de Armando Agüero -de mucha actividad en el foro piquense-, que se postula para el fuero penal en la segunda circunscripción; y otros habituales litigantes de los foros provinciales. También están anotados muchos jóvenes abogados sin demasiada experiencia en la profesión.
Cabe señalar que adjunto también llegó a la Legislatura el listado de funcionarios y magistrados jubilados -que mantienen lo que se puede decir sería una suerte de estado judicial-, que eventualmente podrían ser convocados, aunque en realidad cuando eso sucede sólo excepcionalmente algunos aceptan el cargo.
El tema de los sustitutos es central para los legisladores, que avanzan con el proyecto de Mariano Fernández (PJ), para conseguir que una comisión evaluadora juzgue las condiciones de los postulantes. Hoy en día sólo tienen que pasar por un coloquio -bastante elemental- en la Cámara de Diputados.

 

Berhongaray: "Se debe rechazar el listado".
"Creo que se debe rechazar el listado de sustitutos que envió el Superior Tribunal de Justicia por una cuestión básica, y es que lo que debiera ser un remedio excepcional se ha convertido en la regla. Lo normal debiera ser que las situaciones de suspensión, vacancia o licencia sean superadas con el régimen de las subrogancias ordinarias que prevé la Ley Orgánica del Poder Judicial, y no con sustituciones", disparó el diputado Martín Berhongaray (Frepam).
El legislador puntualizó que "hoy son cerca de 30 los funcionarios sustitutos que actúan en La Pampa, y eso es un disparate porque desvirtúa completamente el sistema de administración de justicia. Porque quienes se postulan no han sorteado ningún procedimiento de evaluación ante el Consejo de la Magistratura que demuestre que tienen idoneidad para desempeñar el cargo. Es decir que no demuestran que están lo suficientemente capacitados y bien formados".
Agregó que otro tema es el de la estabilidad en el cargo: "no tienen la que sí tienen los jueces, fiscales o defensores que pasaron por el Consejo de la Magistratura y recibieron el acuerdo de la Cámara de Diputados, que es un requisito constitucional indispensable para administrar justicia con independencia e imparcialidad. Mientras los jueces, fiscales y defensores sólo pueden ser removidos del cargo si se demuestra su mal desempeño en un jury, los sustitutos saben que no pueden contrariar al gobierno de turno porque sino los borran de un plumazo.

 

Una propuesta.
Dijo el diputado radical que "las vacancias y ausencias se van a seguir produciendo, por eso la idea que vengo sugiriendo hace tiempo es que cuando no puedan ser cubiertas por un subrogante, se dé prioridad a aquellos que ya han concursado ante el Consejo de la Magistratura y que quedaron en la terna, pero no fueron elegidos por el Poder Ejecutivo. Por otro lado hay que agilizar los procedimientos de designación para cubrir en forma definitiva las vacancias, de modo que las sustituciones que se autoricen duren unos pocos meses y no varios años como viene sucediendo en muchos casos".

 

Sustitutos tendrán que rendir examen
Una iniciativa que tiene estado parlamentario, del diputado Mariano Fernández, propicia que se modifiquen tres artículos de la ley 2574, orgánica del Poder Judicial, para reglamentar casos de reemplazo de funcionarios judiciales por suspensión, licencia, vacancia u otro impedimento, que exceda el plazo de treinta días.
Fernández dice que los retirados o jubilados que conserven el estado judicial, podrán ser sustitutos en cargos de igual o menor jerarquía; en tanto los abogados matriculados y del Poder Judicial que reúnan las condiciones establecidas por la Constitución y la ley 2574 para el cargo de que se trate.
En otro artículo el legislador propone que los funcionarios judiciales y abogados que aspiren a desempeñarse como sustitutos, deberán rendir un examen a los efectos de poder integrar el padrón con el cual el Superior Tribunal de Justicia deberá cubrir las vacantes producidas. Esa comisión evaluadora estaría integrada por un representante del Superior Tribunal de Justicia, uno del Poder Ejecutivo, dos del Poder Legislativo -uno por la mayoría y uno por la primera minoría-, y un representante del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia. La idea es que el examen sea de carácter público.
Se establece además que cuando el funcionario que asuma funciones como sustituto sea retirado o jubilado, mantendrá el derecho al haber de retiro o jubilatorio y será compensado durante el tiempo trabajado con el equivalente a la mitad del total de la remuneración que por todo concepto corresponda al titular del cargo, con carácter no remunerativo.

 


' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?