Viernes 03 de mayo 2024

Sancionan a docente, pero ya está jubilada

Redacción 24/06/2016 - 02.49.hs

Un tanto extraño resulta conocer que la Fiscalía de Investigaciones Administrativas sugirió que debe suspenderse por 30 días a una docente por protagonizar un incidente, con una agresión a un alumno, en tanto aquella ya accedió al beneficio de la jubilación.
Obviamente esta situación devendría en abstracta la sanción, que no podrá cumplirse porque la maestra ya no da clases. El fiscal Juan Carlos Carola firmó la resolución sancionando a la docente, que el 12 de junio de 2013, agredió a un alumno que concurría al jardín de infantes de la Escuela 45 de Ataliva Roca.
El dictamen de la FIA. morigera la situación de la maestra al señalar que tuvo "una trayectoria docente que da cuenta de haber sido respetuosa de la normativa pero que, en el momento del hecho, actuó en forma incorrecta e intempestiva, arrepintiéndose inmediatamente, pidiendo disculpas y asumiendo las consecuencias que esto le ocasionaría". La misma docente había admitido su error y pedido disculpas al niño y su familia.
La Fiscalía pidió 30 días de suspensión, en tanto el Tribunal de Disciplina del Ministerio de Educación de la provincia había solicitado que se le aplicaran dos días de sanción.

 

Atenuantes.
La FIA señala que si bien "el hecho reviste gravedad encuentra como atenuantes el haber sido reconocido por la propia docente y haber pedido disculpas a la madre del alumno, quien las aceptó".
Es benévolo el organismo señalar que, de acuerdo a los antecedentes de la docente la cuestión aparecería como "un hecho aislado", y agregando que otros colegas destacaron su buen carácter, trayectoria y buen desempeño", y además que no tenía otras sanciones previas en sus más de 30 años al frente de alumnos.
Otro argumento defensivo de la maestra fue que no se encontraba en un buen momento desde el punto de vista psicológico.
Sí se encarga de señalar Carola que no puede justificarse, ni considerarse atenuante para la actitud agresiva, "como se alega, los serios inconvenientes de conducta del menor, porque vulneraría el sistema legal de protección a los niños, sobre todo a aquellos que tienen la mala suerte de vivir situaciones de sufrimiento y desborde".

 

Abordaje.
Agrega el fiscal que "un docente, por su formación y por el lugar de privilegio que ocupa en la relación con el alumno, como autoridad áulica, con las responsabilidades que ello conlleva, tiene a su disposición toda una serie de instrumentos y estrategias para abordar situaciones de 'inconducta'. Estrategias que, en el marco del contexto áulico democrático y de respeto por los derechos humanos, bajo ningún punto de vista pueden ser integradas por medidas de la violencia como las que aquí se analizan".

 

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