Domingo 24 de marzo 2024

A prisión por tres robos

Redacción 16/10/2019 - 00.11.hs

A través de un procedimiento de juicio abreviado, el juez de control santarroseño, Carlos Matías Chapalcaz, condenó ayer a Juan Marcelo Orozco, Jonathan Urquiza y Lucas Sebastián Navarro a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo. Un hermano del último, Agustín Nicolás Navarro, recibió la misma pena aunque en suspenso.
Los hechos por los cuales fueron condenados, ocurrieron el pasado 4 de septiembre entre la medianoche y las dos de la madrugada. En aquel momento, Orozco y Urquiza, luego de romper los cables de conexión, sustrajeron un estéreo de una camioneta Ford F-100 que estaba estacionada en la calle Río Bermejo, en Santa Rosa. Además se llevaron una moto Mondial de la calle Río Bermejo, tras dañar la traba del volante y desprender las cachas; y un televisor de 29 pulgadas, de una vivienda de la calle Pavón, después de ejercer fuerza sobre una ventana. A posteriori, los Navarro ocultaron en su domicilio los objetos robados.
Por ello, el fiscal Facundo Bon Dergham, la defensora oficial Mariel Annecchini y los propios imputados convinieron -y Chapalcaz lo convalidó con su fallo- que Orozco (18 años, desocupado) y Urquiza (21, vendedor ambulante) sean condenados a seis meses de prisión como coautores de robo simple en tres hechos independientes (el segundo fue declarado reincidente).
A Orozco se le revocó la condicionalidad de una sanción anterior, pues el 28 de agosto pasado había sido condenado a seis meses en suspenso por robo simple (golpeó a un hombre, junto a un hermano en el centro de la ciudad, y le sustrajo un celular) y se le impuso una pena única de seis meses efectivos.
Por su parte, Lucas Navarro (33, albañil) recibió también seis meses de cumplimiento efectivo, y la declaración de reincidencia, por encubrimiento por receptación dolosa; mientras que a su hermano Agustín Navarro (19, albañil), le correspondió la misma pena pero de ejecución condicional y reglas de conducta durante dos años (fijar domicilio y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras).
Uno de los damnificados, al ser notificado por el Ministerio Público Fiscal del acuerdo, dio su consentimiento; mientras que los otros dos no pudieron ser localizados.
"Más allá del reconocimiento realizado por cada uno de los imputados, al momento de suscribir el acuerdo de juicio abreviado, y su posterior ratificación en la audiencia de visu, considero que los hechos quedaron debidamente probados; considerando que se incorporaron como pruebas de cargo las declaraciones de las víctimas, los informes policiales y técnicos, fotografías y las actas de secuestro y posterior reconocimiento por parte de los damnificados de los bienes denunciados como sustraídos", señaló el juez en la sentencia.

 


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