Viernes 05 de abril 2024

A prisión por violencia

Redacción 05/03/2019 - 00.49.hs

El juez de control de Santa Rosa Gabriel Lauce Tedín condenó a Alejandro Daniel González a seis meses de prisión, por resultar autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, amenazas simples en tres oportunidades y daño simple; todo ello en concurso real entre sí y valorados en el marco de la ley 26.485 de Protección Integral contra las Mujeres. A su vez, le revocó la condicionalidad de una pena anterior a seis meses en suspenso y le unificó ambas en una pena única de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.
La sentencia condenatoria abarcó a dos causas. En una, el magistrado dio por probado que el pasado 26 de enero, a la madrugada, el imputado -un empleado municipal de 23 años que permanece detenido- ingresó al domicilio de una ex pareja para reclamar una moto, ropas y otros objetos. En esas circunstancias le dijo a la mujer que si llamaba a la policía iba a "prenderle fuego la casa", que tenía un arma de fuego y que si la veía con alguien o veía a alguien en la casa iba a "matarlos a los dos".

 

Altercado.
A posteriori, la damnificada le avisó a su hermano, quien llegó al lugar y mantuvo un altercado con González. Cuando se fue el hermano, el acusado "comenzó a insultar a la víctima" para "luego tomarla de los pelos y los brazos y zamarrearla, provocándole dolores" en las cervicales y la cabeza. Finalmente, la mujer recibió un llamado telefónico del acusado, quien le expresó que iría a buscar sus pertenencias y que "llamaste a los milicos, no te voy a dejar nunca en paz".
En el otro expediente se acreditó que dos semanas más tarde, González volvió a presentarse en la vivienda de su expareja, "forzando y rompiendo una persiana, insultando, arrojando una petaca de alcohol y manifestándole a la mujer que si 'llama a los milicos si querés, pero cuando yo salga de la comisaría te cago matando'".

 

Juicio abreviado.
El conflicto penal se resolvió a través de un acuerdo de juicio abreviado rubricado por el fiscal Walter Martos, la defensora oficial Paula Arrigone y González, quien admitió la autoría de los hechos. La víctima, al ser informada por el Ministerio Público Fiscal, dio su consentimiento -aunque no es vinculante- y solicitó ser informada de los eventuales planteos de libertad anticipada.
"Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos fueron debidamente probados, merituando para ello las circunstancias de modo, tiempo y lugar brindadas de manera detallada por la víctima al radicar las denuncias, y el aviso cursado al personal policial; todo lo cual quedó a su vez corroborado por el informe médico, como así también la rotura de la persiana constatada por la prevención respecto del segundo hecho", indicó Tedín en el fallo.
González ya había sido condenado por el juez de control, Néstor Daniel Ralli, en otro abreviado en 2017, a seis meses de prisión en suspenso por robo simple en dos oportunidades y robo simple en grado de tentativa. Esa pena es la que le fue unificada con la actual en una pena única de seis meses de prisión efectiva.

 


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