Domingo 21 de abril 2024

Abogado le pegó a sus colegas y defendió a la jueza

Redaccion 03/05/2021 - 21.15.hs

«Debe quedar claro: no quiero defender públicamente a mi defendido, en absoluto. Soy hombre de ley y conozco perfectamente el lugar donde debo hacerlo que es en los estrados judiciales. Pero sí digo que si se pretende entrar al terreno de le ética podríamos cuestionar a quienes emiten juicios y realizan valoraciones respecto a una sentencia que no conocen, que seguramente no han leído y que además podría suceder que sea revocada».
El abogado Marcos Paz salió así al cruce de cinco colegas de la localidad de Victorica que pidieron al Colegio de Abogados que sancione a la jueza que condenó pero dejó libre a un profesional de esa localidad.
En el mismo sentido se había expresado en un comunicado el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, refiriendo al fallo de Gianinetto, jueza de Audiencia de la Segunda Circunscripción Judicial. Expresaron preocupación por las «agresiones personales hacia la magistrada que dictó una sentencia en el marco del debido proceso legal. Es una decisión con la que se puede o no estar de acuerdo, y para ello están los derechos recursivos» para una sentencia que no está firme.
Marcos Paz, que actuó como defensor de Pagella (es abogado) enfatizó que «no está firme», y recordó el caso de los abusos a niños en 25 de Mayo. «¿Qué sucedería si al finalizar el proceso la Justicia determina que el imputado es inocente? En La Pampa tenemos el triste caso de 25 de Mayo, donde hubo gente presa mucho tiempo y al final no fueron condenados».
Y siguió: «No puedo salir a repudiar a la jueza porque no me guste el resultado. No le podemos pedir al Colegio de Abogados que repudie una sentencia que no está firme», afirmó. Así Paz cuestionó a un grupo de pares de Victorica.
Agregó que no era su intención «ejercer públicamente la defensa de mi cliente por los medios de comunicación, ya que esa actividad la desempeño pura y exclusivamente dentro de la causa, máxime aún cuando estamos transitando un proceso, donde quedan varias instancias de revisión y en donde existe un ciudadano que goza por imperio de la Constitución de estado de la presunción de inocencia. En el debate solicitamos (junto a la abogada Vanessa Ranocchia) la absolución de nuestro defendido en el entendimiento que no existe abuso alguno, y menos pruebas que lo acrediten y por eso vamos a impugnar judicialmente, que es donde corresponde, el fallo de Gianinetto», anunció.

 

«Un desatino».
Paz se alarmó que «en medio de un proceso donde no existe sentencia firme, un grupo de abogados solicite al Colegio que se expida en repudio y sancionen al imputado por el hecho de ser colegiado. Es alarmante y preocupante por dos razones fundamentales: primero porque la sentencia no está firme y entonces mal pueden hablar de autoría y responsabilidad. A la vez que el imputado, goza del estado de inocencia mientras no esté firme. Porque podría acontecer que los Tribunales de Alzada, decidan absolver al imputado y dar la razón a la defensa.»
Y por otra parte, agregó, «pretender que el Colegio repudie cada decisión judicial, dictada en el marco de un proceso, lo colocaría en cuestionador permanente y parcial de las decisiones judiciales, máxime aún cuando las mismas no se encuentren firmes. Y claramente no está en sus funciones… Los cuestionamientos a las decisiones judiciales deben hacerse dentro de un proceso, ya que allí se desempeñan abogados matriculados que tienen miradas diferentes y posturas jurídicas diferentes, por lo que sería un desatino que el Colegio de Abogados tome partido. Por eso la pretensión de repudio por parte de algunos colegas es un disparate institucional».

 

«Se pretende sangre».
Marcos Paz dijo que quienes ejercen el Derecho Penal «y la defensa de ciudadanos tenemos como objetivo fundamental el interés de nuestro defendido. Es la ley la que garantiza a los ciudadanos un debido proceso y la defensa en juicio. Para llevar adelante ese interés de nuestro defendido, solo tenemos la ley y bajo su imperio llevamos a cabo nuestra función. Los abogados no hacemos en el ejercicio de la defensa análisis ético de los hechos que les imputan a nuestros representados. Como tampoco hace un análisis ético un médico que atiende a un paciente que acaba de cometer un femicidio, o un arquitecto que construye una casa para un funcionario corrupto… Ejercemos nuestra función de abogados defensores, sin abrir juicios éticos y bajo el manto de la ley. De otro modo sería imposible garantizar a los ciudadanos el derecho de la defensa en juicio».
Finalmente advirtió que «cuando el que transita el proceso penal es otro, algunas personas, solo pretenden ‘sangre’. Eso sí, cuando son ellos quienes deben transitar el proceso penal solo quieren «garantías. Pero nadie está exento de un proceso penal…. absolutamente nadie», reafirmó.

 

Hechos y sentencia
En 2018, y luego de una denuncia por abuso sexual simple -tocamientos por encima de la ropa- se inició una causa penal contra Julio César Pagella, que se tramita en los tribunales de Victorica. El debate se dividió en dos partes, lo que se llama como cesura del proceso. En estos casos, en una primera audiencia se resuelve la responsabilidad penal: o sea si el imputado es culpable o inocente y quince días después se realiza una audiencia para determinar la pena.
En este caso, la jueza María José Gianinetto dictó sentencia declarando la culpabilidad penal, a raíz de lo cual se realiza la segunda audiencia destinada a establecer la pena a aplicar. Obviamente para establecerla se tiene en cuenta la naturaleza de la acción, los medios empleados para ejecutarla, el daño y fundamentalmente cuestiones personales y antecedentes del autor.
En el caso Pagella la Fiscalía pidió una pena de 5 años y la defensa que se aplique una pena de tres años de ejecución condicional. Luego de tramitadas las instancias judiciales, la jueza declaró la culpabilidad del imputado y decidió aplicar una pena de tres años de ejecución condicional.
El abogado Paz aseveró que «en todo momento la jueza Gianinetto cumplió sus obligaciones como magistrada, respetando los derechos y garantías de las partes y fundando debidamente la sentencia, tanto de responsabilidad penal como en la que decide fijar la pena».
Cabe recordar que esta sentencia aún no esta firme ya que cabe la posibilidad de recurrirla ante el Tribunal de Impugnación Penal, el Superior Tribunal y la Corte Suprema de Justicia.

 

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