Lunes 26 de mayo 2025

Caso Escobar: rechazan el recurso extraordinario

Redaccion 11/08/2021 - 21.22.hs

(General Pico) – El Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso de extraordinario federal que interpuso la defensa del abusador de cuatro menores de edad, para lograr una revisión de la condena en la Corte Suprema de la Nación. El imputado es Gonzalo Escobar, un profesor de baile piquense, sentenciado a 20 años de cárcel por haber abusado de cuatro alumnas de su academia, mientras tenían entre 11 y 16 años.
El defensor José Mario Aguerrido había presentado un recurso contra la decisión de los jueces de la Sala B del STJ, Fabricio Luis Losi y Hugo Oscar Díaz, de declarar inadmisible el recurso de casación. En aquella ocasión, el máximo órgano judicial de la provincia, confirmó el fallo contra Escobar, por los delitos de abuso sexual con acceso carnal, agravado por haber sido cometido por el encargado de la guarda como delito continuado, en perjuicio de tres víctimas; y abuso sexual con acceso carnal de una menor de 16 años, aprovechándose de su inmadurez en razón de la mayoría de edad del autor y su relación de preeminencia agravado por la guarda como delito continuado.
La defensa, en el recurso extraordinario, refirió que hubo un error en la aplicación de la agravante «guarda» y que ella «no tuvo nada ver con los hechos, tal como fueron acreditados en la causa». Además, se quejó que ese punto no fue evaluado por la casación, ya que «se antepusieron cuestiones formales al derecho de defensa»; y calificó esa decisión de arbitraria porque «se prescindió de una prueba decisiva».
También planteo que «en la casación se denunciaron las omisiones del TIP y ellas se volvieron a repetir respecto de cuestiones esenciales planteadas en el recurso».

 

Rechazo.
Los ministros del STJ, argumentaron que «las falencias del recurso en la instancia casatoria, en orden a los motivos de procedencia objetiva, determinaron su inadmisibilidad; circunstancia que se erigió en el principal obstáculo para la habilitación de la vía extraordinaria federal».
Las razones del recurrente para fundar este nuevo recurso -acotaron-«se ciñeron a reiteraciones de las explicitadas en el recurso anterior que, resultaron insuficientes para habilitar a este Tribunal a ingresar a la cuestión debatida».
Con respecto a la causal de arbitrariedad, el STJ indicó que solo pueden atenderse «supuestos de extrema gravedad, en los que se evidencie que las resoluciones recurridas prescindieron inequívocamente de la solución prevista en la ley, o adolecieron de una manifiesta falta de fundamentación; condición que no se produjo en este legajo».

 

Juicio.
El 20 de noviembre de 2020, los jueces Marcelo Pagano, Carlos Pellegrino y Diego Ambrogetti, condenaron a Escobar a 20 años de prisión. La causa se inició en noviembre de 2019, cuando el imputado estaba a punto de viajar con sus alumnas a Buenos Aires, en el marco de una actividad ligada al baile.
Los hechos se debatieron a lo largo de cinco audiencias, durante las cuales Escobar asumió que mantuvo un noviazgo con la mayor de las jovencitas (tenía 15 años) y que tuvo una relación con una niña de 11 años. Luego, negó los hechos relacionados a las otras dos menores.
En febrero de este año, el TIP confirmó la condena y lo mismo hizo el STJ, tres meses más tarde.
A mediados de mayo de este año, la madre de una de las víctimas, denunció ante el Colegio de Abogados a Mario Aguerrido y Raúl Quiroga, los defensores que tuvo Escobar durante el juicio. La mujer aseguró que en el ejercicio de la defensa, revictimizaron a su hija, una niña que tenía 11 años de edad al momento de los hechos. Además, solicitó al Tribunal de Etica del Colegio de Abogados de La Pampa, que evalúe el accionar de los defensores y que considere una sanción «acorde a los daños causados». Algunas semanas más tarde, movimientos feministas de la ciudad, denunciaron que Escobar, contactaba a mujeres a través de un perfil falso en las redes sociales.

 


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