Miércoles 24 de abril 2024

Causa sigue en el fuero federal

Redaccion 24/03/2020 - 23.21.hs

La Cámara Federal de Rosario rechazó un recurso interpuesto por el intendente de Pergamino, Javier A. Martínez, (Juntos por el Cambio) y confirmó la competencia federal de la causa en la que el año pasado se dictó una medida cautelar que prohibió la fumigación en esa localidad y zonas urbanas, luego de que se conocieran estudios que determinaron la «presencia de daño genético en los organismos de las personas» afectadas. En el proceso penal se investigan infracciones a la Ley de Residuos Peligrosos -24.051- y envenenamiento de aguas potables.
La resolución -adoptaba por el camarista Fernando Lorenzo Barbará- fue en línea con lo dictaminado por el fiscal de San Nicolás Matías Di Lello, su colega ante el tribunal revisor, el fiscal general Claudio Palacín, y la querellante Florencia Morales.
El jefe comunal, como pretenso querellante, sostenía que no se encuentra acreditada que «la supuesta contaminación» en «una zona urbana y rural del partido de Pergamino haya afectado otras jurisdicciones». Lo sostuvo ante el juez federal de instrucción nicoleño, Carlos Villafuerte Ruzo, y luego ante la Cámara Federal rosarina que tiene jurisdicción en esa zona del territorio bonaerense.
Este tema toca de cerca en La Pampa, ya que en la Legislatura pampeana, previo a la irrupción del coronavirus en el país, se econtraba en pleno debate el proyecto de Ley de Gestión Integral de Plaguicidas. Esta normativa intenta dar un marco regulatorio en lo que es el tratamiento de los residuos, las zonas de aplicación y establece obligaciones y sanciones para los usuarios de agroquímicos.

 

«Realidad compleja».
El fallo reseñó los argumentos de Di Lello. El fiscal había puesto de resalto que «el trámite de este expediente está develando una realidad mucho más compleja de lo que se estimaba en un primer momento, con aspectos que trascienden el marco de la causa penal pero que hacen a su conocimiento y resultan necesarios para su delimitación», puesto que «una importante cantidad de ciudadanos de Pergamino están indicando, con estudios médicos que refuerzan sus manifestaciones, que están siendo víctimas de las prácticas de fumigación que se registran en sus medios de vida, con claras consecuencias negativas en su salud», no obstante persistan medidas en tal sentido.
La fiscalía destacó que «una importante cantidad de ciudadanos de Pergamino» están «siendo víctimas de las prácticas de fumigación que se registran en sus medios de vida, con claras consecuencias negativas en su salud»
«Por otro lado se encuentra aún discutido en autos la calidad del agua que beben en sus domicilios, en el cual en todos los casos se ha detectado la presencia de moléculas correspondientes a compuestos químicos vinculados a los productos pesticidas (tales como glifosato, AMPA, imazaquin, hidroxi-atrazina, etc.)», señaló el representante del MPF en su intervención previa a la de la Cámara.
Asimismo, Florencia Morales, en su carácter de querellante, refirió que los acuíferos afectados son los Puelche y Pampeano, recurso hídrico subterráneo interjurisdiccional.

 

Competencia federal.
Al resolver, Barbará señaló: «Los hechos materia de investigación en la presente causa -presunta contaminación al medio ambiente y afectación a la salud pública-, a lo largo de las pruebas reunidas en el sumario han dejado de ser meramente conjeturales, existiendo probanzas positivas con un grado de convicción suficiente que en principio demostrarían que esa posible contaminación habría alcanzado una extensión territorial que por el momento no se habría delimitado definitivamente, sumado a que podría alcanzar a una población que hasta ahora resultaría indeterminada».
Esas, entendió el juez, son razones que «constituyen motivo suficiente para rechazar los agravios del recurrente y confirmar la resolución del 27 de agosto de 2019» de Villafuerte Ruzo, que había rechazado la remisión de la causa a la justicia provincial. También se incorporó el memorial del fiscal general Palacín, quien propició la confirmación de la decisión del juez de instrucción.

 

Medidas adoptadas.
A fines de agosto del año pasado, el Juzgado Federal Nº2 de San Nicolás compartió los argumentos del Ministerio Público Fiscal y las querellas y prohibió la fumigación en Pergamino y zonas urbanas al fijar un límite «restrictivo y de exclusión» de 1095 metros para aplicaciones terrestres y de 3 mil para las aéreas. Fue luego de que se conocieran estudios de genotoxicidad incorporados a la causa en la que se investigan infracciones a la Ley de Residuos Peligrosos y envenenamiento de aguas potables.
El fallo dispuso el «no uso de plaguicidas, herbicidas, insecticidas, agroquímicos, productos fitosanitarios, fungicidas, y cualquier otro paquete de agroquímicos, mediante fumigaciones terrestres (mosquito, mochila, aspersores) o aéreas, como glifosato como principio activo o sales derivadas del mismo».

 


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