Viernes 12 de abril 2024

Concejo modificó ordenanza

Redaccion 28/02/2020 - 21.21.hs

Los bidones vacíos de agroquímicos permanecerán en los predios rurales con el correspondiente triple lavado y perforados en la parte superior hasta que la Fundación Campo Limpio los retire y los traslade al Centro de Almacenamiento Temporario (CAT) más cercano o a otra provincia para que sean reciclados.
A grandes rasgos eso fue lo que quedó establecido en el artículo 14 de la ordenanza municipal 478/2015 cuyo texto fue modificado para ponerse en sintonía con la legislación nacional vigente. La normativa local en concordancia con la actual Ley Provincial 1173 regula el uso y aplicación de productos fitosanitarios en inmediaciones del ejido urbano de esta localidad creando, entre otras cuestiones, una zona de resguardo ambiental (ZRA) y una zona «Buffer» o de transición, comprendida desde la última línea de construcción de la ZRA hasta los 500 metros posteriores.
En ese perímetro se permiten aplicaciones terrestres de plaguicidas que se consideran de baja toxicidad bajo la supervisión del agente fitosanitario municipal. Esto último se seguirá respetando hasta que se apruebe la Ley de Gestión Integral de Plaguicidas, actualmente en debate en la Cámara de Diputados de la provincia.
El artículo 14 había quedado desactualizado ante el avance de la legislación nacional porque creaba un centro de acopio de envases vacíos de agroquímicos en el basurero municipal.
«Violaría el espíritu y sentido de creación de la ordenanza toda vez que se deberían almacenar en inmediaciones de la localidad», se apuntó en el proyecto modificatorio enviado al CD por el Ejecutivo Municipal y respaldado unánimemente por los concejales. La iniciativa recordó que luego de la sanción de la normativa local se sancionó la Ley Nacional 27279 denominada «Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la Gestión de Envases Vacíos de Fitosanitarios», la cual fue promulgada el 6 de octubre de 2016 y reglamentada a través del decreto 134 del 19 de febrero de 2018.
Su artículo 8 estipula: «Queda prohibida toda acción que implica abandono, vertido, quema y enterramiento de envases vacíos de fitosanitarios en todo el territorio nacional del mismo modo que la comercialización y entrega de envases a personas físicas o jurídicas por fuera del sistema autorizado sin perjuicio de las demás restricciones que impone esta norma».
En tanto, el artículo 3, inciso a, de la misma ley, determina: «Los encargados del descarte de dichos envases deben ser los aplicadores de productos fitosanitarios o dueños de los predios rurales debiendo realizar dicho acopio en los Centros del Almacenamiento Transitorios (CAT) ubicados lejos de los centros urbanos». Esta nueva disposición «se encuadra en una política que tiene por finalidad la búsqueda de un equilibrio entre la protección de la salud de la población, el cuidado del medio ambiente y la sustentabilidad de la producción agropecuaria».
Ante esto, el artículo 14 quedó redactado así: «Los envases vacíos, luego de su utilización por los usuarios y aplicadores en el ejido de la Municipalidad de Winifreda, deberán permanecer en los predios rurales hasta tanto se depositen en los CAT autorizados por autoridades competentes y previstos en la ley 27279».

 

Campo Limpio.
Cabe agregar que llegarán a esos espacios a través de la Fundación Campo Limpio, la única autorizada para llevar adelante una campaña itinerante de recolección de recipientes. Ya se llevó una importante cantidad de General Pico y Metileo. Cuando la cuestión operativa esté resuelta, el agente fitosanitario del municipio de Winifreda les informará a los productores la fecha de la campaña de entrega y recolección de bidones. Se estima que cientos de ellos permanecen en la zona rural.

 

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