Domingo 21 de abril 2024

Condenado por matar a ciclista

Redacción 02/11/2018 - 01.52.hs

Heber Pregno, juez de control de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia con asiento en esta ciudad, condenó ayer a la mañana a tres años de prisión de ejecución condicional a un automovilista que hace poco más de tres meses, en uno de los accesos a General Pico, atropelló a una mujer que viajaba en bicicleta y que falleció minutos más tarde a raíz de las gravísimas lesiones sufridas.
El magistrado condenó a Maximiliano Abel Cavagna (47), como autor material del delito de Homicidio Culposo agravado por haber sido cometido por la conducción imprudente, negligente y/o antirreglamentaria de un vehículo automotor y por el exceso de velocidad al que circulaba.
Además lo inhabilitó por diez años para conducir vehículos automotores, y le impuso reglas de conducta, entre las que se destaca la obligación de asistir a un curso de educación y capacitación para la conducción de vehículos en la vía pública.
La sentencia fue dictada en el marco de un Acuerdo de Juicio Abreviado, que fue convenido por el fiscal interviniente Hernán Cecotti, de la Fiscalía Temática de Delitos Culposos, y por el defensor particular Ariel Hernández.

 

Choque fatal.
El 25 de julio pasado, en horas del mediodía, Cavagna conducía un automóvil Volkswagen Gol por la calle 9, en sentido de Oeste a Este (hacia el centro de la ciudad), y al llegar al cruce con la calle 124, embistió a una mujer que cruzaba la arteria par en bicicleta, hacia el Barrio Malvinas. La ciclista, identificada como Silvia Noemí González de 48 años de edad, falleció minutos más tarde en el Hospital Gobernador Centeno de esta ciudad, al que ingresó con politraumatismos producidos por el violento impacto.
Al día siguiente se le formalizó la Investigación Fiscal Preparatoria a Cavagna en los tribunales de esta ciudad. En esta audiencia, la Fiscalía solicitó la inhabilitación del acusado tras argumentar que se había encontrado una frenada de arrastre de 11 metros, que se extendió por otros 23 metros después del punto de impacto.
En el fallo, el juez Pregno expresó que "la conducta imprudente, negligente y antirreglamentaria de Cavagna fue el nexo causal necesario para que se produzca el deceso de la González, quedando esto corroborado mediante las pruebas descriptas".
El magistrado coincidió con el fiscal de la causa, "cuando en los fundamentos del acuerdo presentado esbozó que resulta casi innecesario analizar cualquier aspecto relacionado con la prioridad de paso que hubiese tenido el conductor del vehículo de mayor porte, cuando ha quedado demostrado gracias al informe pericial, que Cavagna desarrollaba una velocidad estimada de 90 kilómetros por hora al momento de cruzar la intersección de calle 9 y 124, lo que resulta más del doble del permitido en el ejido urbano, reflejando ésta la causa basal del hecho injusto investigado".

 


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