Domingo 21 de abril 2024

Condenaron a un Policía

Redacción 30/04/2019 - 12.45.hs

El Tribunal de Impugnación Penal confirmó hoy la condena contra un policía, a 6 meses de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos, más el pago de una multa de 7 mil pesos, por ser autor del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. El hecho que lo involucra: se negó a verificar un automóvil Ford Escort siendo que era perito de la planta verificadora de la comisaría de Trenel.

 



Los jueces de la Sala B, Filinto Rebechi y Mauricio Piombi, hicieron lo hicieron saber al no hacer lugar al recurso de impugnación interpuesto por las defensoras Silvia Mirta Brown y Magalí Tarditi. De esa forma ratificaron en un todo el fallo condenatoria que dictara, el 13 de marzo pasado, la jueza de audiencia de General Pico, María José Gianinetto.

 



Ella había dado por probado que el 8 de junio de 2017, en horas de la mañana en la comisaría de Trenel, el cabo “se negó en dos momentos distintos a verificar el Ford Escort (…) rehusándose por tanto a cumplir con un acto propio de su deber como perito verificador” de la planta situada allí. Ello ocurrió dos veces, a las 10 y cerca del mediodía, y en la segunda, un hermano del damnificado filmó parte de lo ocurrido.

 



Según publicó el STJ, las defensoras cuestionaron la resolución de Gianinetto aduciendo que existió una errónea aplicación de la ley sustantiva y de la valoración de la prueba, e inobservancia de las normas procesales. Por ello habían pedido la absolución del hombre y, subsidiariamente, que se nulifique la sentencia y se reenvíe a un tribunal para el dictado de una nueva.

 



Con relación al pedido de nulidad del video filmado por el hermano del propietario del vehículo –“se intentó darle valor a la captura de una conversación que las partes habían mantenido hacía más de seis meses”, adujeron Brown y Tarditi­–, el TIP, con fundamentos a cargo de Rebechi, dijo que la jueza Gianinetto actuó correctamente al incorporarlo en el debate porque durante la audiencia de ofrecimiento de prueba no había sido objetado.

 


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