Viernes 19 de abril 2024

Confirman condena a vendedor de escalera

Redacción 14/06/2018 - 01.02.hs

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa confirmó una condena, en el marco de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor, contra el vendedor y el proveedor de una escalera telescópica regulable porque se rompió en el primer uso. El comprador, a raíz de ello, se cayó desde 1,80 metros de altura cuando estaba pintando una habitación de su casa y sufrió graves lesiones.
El fallo de primera instancia había sido dictado por la jueza en lo civil Fabiana Berardi, y ahora la Sala 1 de la Cámara, compuesta por las juezas Laura Torres y Marina Alvarez, ratificó en un todo esa resolución, incluyendo el monto resarcitorio de 350.807 pesos, más intereses desde la fecha del hecho (19 de abril de 2009), por gastos médicos y farmacológicos, incapacidad sobreviniente y daño moral.
El demandante padeció la fractura triple de una vértebra dorsal y quedó incapacitado -en forma total y absoluta- por tres meses para el desarrollo de todo tipo de actividades (profesionales, recreativas y domésticas).
El perito interviniente sostuvo que "el daño provino de la escalera, específicamente de la rotura de ambos parantes de manera intempestiva, lo que provocó la caída del actor, sin que mediara culpa atribuible a él".

 

Apelación.

 

El vendedor -en el recurso de apelación- adujo que existió culpa del cliente por cuanto colocó "la escalera en un ángulo de 90 grados cuando debió ser colocada entre 65 y 75", y agregó que no se le puede pedir a él que desacredite los dichos del comprador cuando el hecho ocurrió "dentro de cuatro paredes, en absoluta soledad".
También cuestionó que la jueza hablara de "primer uso" de la escalera, cuando había sido adquirida hacía tres meses y en ese lapso el comprador pudo haberle dado un mal uso; y agregó que éste último debió acreditar que "la escalera contaba con algún tipo de vicio al momento de la adquisición, lo que no hizo". En definitiva, concluyó que no se pudo probar que la escalera contara con un vicio y que, por consiguiente, la culpa fue de la víctima.
La proveedora, por su parte, le imputó a la jueza que no se probó "la relación causal entre el hecho y el vicio alegado" y, menos aún, que la empresa tuviera alguna responsabilidad porque "no fue vendida por ella ni llevaba" su marca.

 

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