Jueves 18 de abril 2024

Confirman sentencia contra un abusador

Redaccion 17/06/2020 - 21.38.hs

(General Pico) – La Sala B del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa, conformada por los jueces María Eugenia Schijvarger y Fernando Gabriel Rivarola, confirmó un fallo de la Justicia piquense, a través del cual, en febrero pasado condenó a seis años de prisión a un hombre que fue encontrado culpable del cargo de Abuso sexual con acceso carnal.
La sentencia la dictó la jueza de audiencia de General Pico, María José Gianinetto, quien acreditó que el 18 de mayo de 2018, la víctima fue abusada por quien era su pareja en ese momento, un hombre (63) que utilizó «la fuerza física para vencer la resistencia que ella interponía, tomándola de los brazos y apretando sus piernas».
El defensor del imputado, Fernando David Guevara, adujo que la sentencia se basó en un relato de la víctima que fue «totalmente incoherente y contradictorio»; y añadió que «con miras en la perspectiva de género, se olvidaron del principio de inocencia, que es superior a cualquier perspectiva de género que se quiera dar a una interpretación».

 

Fundamentos.
Los jueces del TIP dijeron que los planteos defensivos debían analizarse «sin perder de vista la situación de discapacidad y de violencia de género en la que estaba inmersa la víctima», quien además sufría un retraso mental.
«Para valorar esta situación y comprender qué fue lo que pasó a partir de la primera fuente de información que es el relato (de la mujer), no podemos soslayar que de ambos instrumentos surgió que víctima e imputado compartían el mismo techo, pero que no dormían juntos ni tenían relaciones sexuales», señalaron.
«Este es el primer contexto en que debe analizarse el relato, una pareja separada que comparte la casa. Ese contexto no permite interpretar que cuando la víctima, en sede policial, dijo que ‘accedió’ a tener relaciones lo fue porque en el transcurso del avance de la intimidad se arrepintió y decidió que así sea. Nada de lo declarado acompañó ese razonamiento, ni el contexto previo, ni las explicaciones que relató la víctima en el sentido de que fue forzada y que quería irse, pero que no pudo vencer la resistencia física del acusado», agregaron.
En otro tramo del fallo, Schijvarger y Rivarola expresaron que «tampoco se advirtió en la víctima una motivación espuria para denunciar, ello en razón que de las constancias de la causa surgió la imposibilidad de la señora de pergeñar un invento secuenciado que difiera de la vivencia real».

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?