Domingo 24 de marzo 2024

Coronavirus: Provincia adhirió al DNU del presidente

Redacción Avances 12/03/2020 - 18.06.hs

La provincia de La Pampa, decidió adherir al Decreto de Necesidad y Urgencia propuesto por el presidente Alberto Fernández.

 

En este sentido, se informó que el Comité de Crisis que conformó y encabeza el gobernador Sergio Ziliotto dispuso, minutos después de la publicación oficial, adherir a los alcances del Decreto de Necesidad y Urgencia dictado por el Gobierno Nacional, por el cual “se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541 en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el Coronavirus, por el plazo de un año”. 

 

Asimismo, en su articulado se establece que el decreto sea remitido a la Cámara de Diputados de la Provincia «para su ratificación legislativa, como así también la del Decreto 521/2020 de hoy que establece el estado de «Máxima Alerta Sanitaria», solicitando su pronto tratamiento». 

 

El STJ se sumó al Comité de Crisis y adhirió al decreto del PEP

 

El Superior Tribunal de Justicia adhirió este jueves por la noche, mediante la resolución 49/20, a las disposiciones del Poder Ejecutivo Provincial 521/20, y otorgó una licencia excepcional con goce de haberes para todo el personal que haya estado en los últimos 14 días en países con circulación del virus COVID-19, conocido como coronavirus.

 

Además, aceptando una invitación del PEP, el presidente del STJ, José Roberto Sappa, formará parte del Comité de Crisis que fue creado hoy –y será encabezado por el gobernador Sergio Raúl Ziliotto– a raíz de declararse el estado de máxima alerta sanitaria en la Provincia de La Pampa.

 

Paralelamente, y “a los efectos de adoptar medidas específicas relativas al ámbito judicial”, especifica la resolución 49/20, se conformará un Consejo integrado por dos representantes del Poder Judicial, designados por el Superior Tribunal de Justicia; uno del Ministerio Público Fiscal; uno del Ministerio Público de la Defensa; dos del Colegio de Abogados y Procuradores; uno del Colegio de Magistrados y Funcionarios; y uno de la Asociación de Funcionarios del MPF.

 

El STJ, tal cual hiciera con las recomendaciones difundidas por el Ministerio de Salud de La Pampa para prevenir el contagio de la enfermedad, sugiere a magistrados, funcionarios y empleados que cumplan en un todo con esta normativa excepcional y que, ante cualquier síntoma (fiebre y tos, fiebre y dolor de garganta o fiebre y dificultades para respirar), se comuniquen con el 107.

 

Con respecto a la licencia excepcional de 14 días con goce de haberes, el decreto provincial –que a su vez adhirió a la resolución 2020-178-APN del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación– establece que es obligatoria y está destinada a “aquellas personas que provengan, o hayan estado en los últimos 14 días, en países con circulación del virus, especialmente la República Popular China, Corea del Sur, la República Islámica de Irán, Japón, Estados Unidos, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la Unión Europea y los países que conforman el espacio Sehengen” (22 de la UE más Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza).

 

El texto añade que ese plazo de 14 días se computará a partir del arribo de la persona al país y que, una vez concluido, “el interesado deberá proceder de acuerdo a las pautas determinadas por el protocolo que al respecto elabore el Ministerio de Salud de la Provincia”.

 

Finalmente, el STJ destacó que otro punto del decreto señala que están suspendidos, en forma transitoria y por 90 días, “aquellos eventos de concurrencia masiva organizados por el sector público”.​

 

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