Martes 23 de abril 2024

¿Domiciliaria a condenado del crimen de Villa Martita?

Redaccion 24/03/2021 - 21.05.hs

La Justicia tiene «en trámite» un pedido de prisión domiciliaria del condenado Carlos Luján Sosa, imputado por lo que se conoció como el «Crimen de Villa Martita». Ese episodio culminó con la muerte de Griselda Fuentes Cabal, y produjo gravísimas heridas en la cabeza a Eduardo Ros que no obstante salvaría milagrosamente su vida.
Sosa fue considerado el autor intelectual de la terrible agresión que se produjo en el anochecer del 14 de mayo de 2014. Ese día, llegando la noche, Eduardo Enrique Ros –hoy de 70 años-, propietario de la casa de comidas «La Cocina», regresaba a su domicilio de la colectora de Illía al 2.000 en una camioneta Chevrolet S10. Iba junto a Griselda Fuentes Cabal, que en ese entonces tenía 31 años, y que aunque era oriunda de Victorica se domiciliaba en Santa Rosa.

 

Cuatro disparos y una muerte.
Cuando Ros bajó del vehículo a abrir el garaje, e ingresaba con una vianda de comida en sus manos, fue baleado en el rostro. El asesino dio vuelta alrededor de la camioneta y le disparó a Fuentes Cabal dos veces en la cabeza, produciendo su deceso. Al volver sobre Ros, que estaba en el piso pero consciente -«me hice el muerto…», declaró después el hombre, una actitud que tomó para evitar seguir siendo atacado-, el sicario le volvió a disparar en la cabeza, pero con tanta suerte para Ros que el proyectil tuvo una trayectoria que lo hirió pero no obstante con menores consecuencias que las que podrían suponerse. Perdió mucha sangre, pero luego en el Hospital pudieron detenerle la hemorragia y salvar su vida. «Me quiso rematar con un tiro en la nuca», recordó por estas horas el comerciante.
En el lugar del incidente se encontró una papa destrozada. La hortaliza había sido utilizada por el criminal para ubicarla en la punta del cañón del arma -un revolver calibre 38- para que actúe a modo de silenciador.

 

Accionar policial y detenciones.
Hubo en esas circunstancias un ágil accionar policial. Un motorista desconfió de un auto que estaba estacionado más o menos a una cuadra del domicilio de Ros y antes del incidente llegó a conversar con su ocupante, que respondió que esperaba a su novia. Después del hecho obviamente resultó el original sospechoso, y rápidas diligencias permitieron llegar a Diego López, que fue acusado de ser el autor material, y detener también a Gastón Soria que fue el cómplice que trasladó al sicario hasta el lugar del crimen, y Carlos Luján Sosa el autor intelectual o instigador.

 

Homicidio doblemente calificado.
Llevados ante la Justicia los tres fueron condenados por el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa por el delito de homicidio doblemente calificado por ser por precio o promesa remuneratoria, y mediante la utilización de un arma de fuego, en perjuicio de Griselda Fuentes Cabal; en concurso ideal con el delito de homicidio doblemente calificado por ser por precio o promesa remuneratoria en grado de tentativa, y mediante la utilización de un arma de fuego en perjuicio de Eduardo Ros, a la pena de prisión perpetua.
El caso se conoció como el crimen de Villa Martita y ese fallo había sido ratificado por la Sala B del Superior Tribunal de Justicia, conformada por los jueces Hugo Oscar Díaz y Fabricio Luis Losi, en noviembre de 2016, al rechazar los recursos de casación.

 

La CSJ confirmó.
Se probó que López fue el autor material, Soria el cómplice -porque llevó a López al lugar del crimen- y Sosa el autor intelectual o instigador. Éste fue quien contrató a Soria y a López; y Soria quien, en su auto, trasladó a López hasta la casa de Ros.
Finalmente la Corte Suprema -allí había recurrido la defensa de los imputados- declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado y confirmó las condenas a prisión perpetua de Carlos Luján Sosa, Gastón Nicolás Soria y Diego Fernando López.

 

¿Una organización?
En el transcurso del juicio uno de los testigos señaló que en los días previos al hecho le ofrecieron hacer «un trabajo para asustar a alguien por plata». La persona que le ofreció el trabajo lo identificó como uno de los acusados: Gastón Soria.
¿El móvil? Según Eduardo Ros, Sosa formaba parte de «una organización» que apretaba a propietarios de inmuebles para arrebatárselos. En su caso había adquirido una vivienda -a la que nunca pudo acceder- que estaba precisamente a nombre de Fuentes Cabal, y la especulación es que -si se hubiese producido la muerte de ambos el bien hubiese quedado para quien envió al sicario.

 

«Me difamaron».
El comerciante destacó que mucho tiempo se sintió molesto «cuando se hablaba de ajuste de cuentas», porque suena a negociados que «no tienen nada que ver conmigo. En esos días se dijo cualquier cosa de mí, me difamaron… y lo cierto es que lo único que hice toda mi vida fue trabajar en mi rotisería (‘La Cocina’) un montón de horas por día. Ningún ajuste… se querían quedar con lo que era mío», aseguró por estas horas.
Consultado sobre si era cierto que había recibido una cédula de la Justicia donde se le notificaba que se tramitaba «la domiciliaria» para Carlos Luján Sosa, Eduardo Enrique Ros reveló que «es así. Tiene fecha del 22 de marzo, y es una resolución que firma el Juez Martín Saravia», confirmó.

 

«¿Qué Justicia tenemos?»
El comerciante se mostró disgustado porque Sosa «estuvo el último año en la Alcaidía de General Acha, donde figuraba como violador. Lo cierto es que nunca estuvo en la cárcel. Ni empezó a cumplir la condena», aseguró. Ros fue más allá y sostuvo que el criminal «ya está con domiciliaria desde que empezó la pandemia» en una vivienda de la Villa Santillán.
Al expresar que a él nunca le habían notificado «de nada de eso», se mostró disgustado y se preguntó «qué Justicia tenemos. Por supuesto preocupa haber recibido del juez Saravia esta comunicación, y espero que si se tomó una decisión de darle la domiciliaria se revea rápidamente», concluyó.

 

Preocupación del abogado que representa a Eduardo Ros
«Esperemos que no le den la prisión domiciliaria al autor de un crimen tan aberrante. Esta semana haremos la presentación oponiéndonos a esa posibilidad de que beneficien a (Carlos Luján) Sosa con una medida así», expresó el abogado Natalio Perés.
El profesional, junto con César Augusto Rodríguez, representan a Eduardo Enrique Ros, y ante una consulta de LA ARENA manifestó que su cliente «está conmocionado» con esta novedad. «Sosa ni siquiera empezó a cumplir su condena a perpetua, y por cierto esto nos preocupa mucho», agregó.
Razonó que la persona que ahora se pretende cumpla prisión en su domicilio «fue autor de uno de los crímenes más aberrantes, mediante la utilización de un sicario. Lo que se propone sería absolutamente excepcional, porque cuando hay un fallo como el que se conoce que condenó a Sosa está para cumplirse, y no es lo que estaría pasando», completó.

 

Estado de indefensión.
Razonó Perés que «obviamente la víctima (Ros) se encuentra en un estado de indefensión. Vive en un lugar en las afueras de la ciudad, está acostumbrado a moverse con libertad y lógicamente esto lo restringe», completó.
Cabe señalar que la cédula originada en la Oficina Judicial de la Primera Circunscripción Judicial, conforme al artículo 11 bis de la Ley 24.660, las víctimas «tienen derecho a ser informadas, expresar su opinión, ser representados y todo cuanto estimen conveniente».
Por lo pronto, desde el momento en que fueron notificadas (22 de marzo), disponen de 5 días hábiles para manifestarse. Por de pronto, uno de los notificados ya expresó que se opondrá, y es probable que los otros que recibieron la cédula actúen de la misma manera.

 

Cabañas en General Belgrano
El juez Saravia también notificó a herederos de Raúl Ricardo Crespo, que se tramita la domiciliaria para Carlos Luján Sosa. Se recuerda que el condenado también fue considerado culpable del delito de uso de documento privado falso, en concurso ideal con estafa.
Las cédulas de la Justicia también le llegaron a Giselle Elizabeth Crespo, Tamara Anahí Crespo, Vanesa Ruth Crespo y Norma Gladys Hernández.
Sosa había pretendido escriturar un complejo de cabañas, ubicadas en la localidad de Villa General Belgrano (Córdoba), que antes habían sido adquiridas -el 6 septiembre del 2013-, por quien en vida fuera Ricardo Raúl Crespo. Se utilizó una cesión de derechos supuestamente firmada el 9 del mismo mes y año por Crespo, tres días antes de fallecer (estaba internado en el Hospital Lucio Molas), en favor de Carlos Luján Sosa. El documento resultó falso y con él se hizo de la posesión de las cabañas, cuya explotación había comenzado el propio Sosa.
La maniobra «ardidosa» perjudicó a los herederos de Crespo, y por eso Sosa fue condenado a 8 años de prisión. Después vendría el «Crimen de Villa Martita».

 

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