Lunes 22 de abril 2024

El STJ adopta pautas de emergencia

Redaccion 17/03/2020 - 23.03.hs

Empleados judiciales realizaron asambleas para reclamar por medidas de emergencia ante la pandemia del Covid-19 (coronavirus). La respuesta no tardó en llegar y anoche el Superior Tribunal de Justicia (STJ) autorizó a los magistrados, funcionarios y empleados de esos fueros a trabajar a distancia desde sus hogares
Los trabajadores y trabajadoras de la Justicia provincial realizaron ayer por la mañana asambleas en las cuatro circunscripciones, donde decidieron avalar el pedido efectuado por el Sitraj (Sindicato de Trabajadores Judiciales), que el lunes último le solicitaron al STJ decretar una feria judicial.»La idea es no estar esperando que alguien se enferme o haya un caso de coronavirus», expresó a LA ARENA la secretaria general del gremio, Susana Funes.
Susana Funes explicó que el Sitraj presentó la nota al Superior Tribunal a las 21 del lunes y que se esperaba la respuesta. «La idea que tienen los trabajadores es no concurrir a los lugares de trabajo y por eso piden una medida de receso, o una feria judicial hasta el 31 de marzo», señaló.

 

Respuesta del STJ.
Desde el Superior Tribunal de Justicia emitieron un comunicado ayer por la noche, en donde informaron que, en el marco de la máxima alerta sanitaria declarada en la Provincia de La Pampa, se «aprobó una serie de disposiciones para preservar la salud de los integrantes del Poder Judicial y de las personas que concurren a los edificios judiciales frente a la pandemia del coronavirus».
De esta manera, se dispuso la continuidad de «los procesos penales, contravencionales y de ejecución penal, sin suspensión de plazos procesales», ajustados a ciertas «pautas de emergencia», aunque «sin recurrir a una feria judicial que paralice los procesos».
A su vez, se autorizó a los magistrados, funcionarios y empleados de esos fueros a trabajar a distancia desde sus hogares. «Esto puede ser posible porque el Poder Judicial tiene un avanzado sistema informático de gestión de legajos penales -denominado Sigelp-«, destacaron.
En la decisión, se aclaró que «los magistrados, funcionarios y empleados que cumplan funciones desde el hogar deberán permanecer en sus domicilios, con fines de aislamiento y pendientes de los requerimientos de Oficina Judicial».
Para ello, «las Oficinas Judiciales, con el apoyo de la Secretaría Técnica, diseñarán un sistema de trabajo desde el hogar para los empleados judiciales, determinándose guardias pasivas para la convocatoria de urgencia, así como el establecimiento de horarios durante los cuales deberán estar conectados al Sigelp o a otros medios de comunicación para recibir instrucciones de funcionarios y magistrados». También que «diseñarán un cronograma de presencias en los edificios judiciales y de guardias pasivas de los jueces de control y de audiencia».

 

Teleconferencias.
Por otra parte, precisaron que se permitirá el uso del sistema de videoconferencias para las audiencias con partes en distinta circunscripción y para consultar a imputados y víctimas en juicios abreviados.
Además se remarcó expresamente que podrán utilizarse «aplicaciones de telefonía móvil, o cualquier otro medio tecnológico que garantice la comunicación a distancia, y que permita al juez tener una opinión valedera» de los involucrados en los legajos.
Con respecto a las personas detenidas, el acuerdo establece que, se evitarán los traslados «en la medida de lo posible».
A su vez, quedó establecido que los juicios ya iniciados no se suspenderán, aunque se podrán suspender o reprogramar audiencias «con el fin de limitar la circulación y aglomeración de personas» -siempre y cuando no haya detenidos-; se prohibirá la presencia del público a las audiencias, y que la Procuración General deberá instrumentar, en su ámbito, un sistema análogo de gestión de legajos penales.
Finalmente, con relación a los fueros no penales, si bien su sistema informático de gestión está muy avanzado e implementado en forma parcial, como aún no abarca a todos los operadores, el STJ resolvió suspender los plazos procesales desde mañana y hasta el viernes inclusive.

 

Justificarán las inasistencias
El Superior Tribunal de Justicia dispuso ayer que, mientras dure la suspensión de las clases, según lo establecido en el decreto 555/20 del Poder Ejecutivo Provincial, «se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente».
Asimismo, el texto de la resolución 54/20 señala que el personal del Poder Judicial «alcanzado por esta dispensa deberá notificar tal circunstancia a la Secretaria de Recursos Humanos, justificando la necesidad y detallando los datos indispensables para que pueda ejercerse el adecuado control». Además especifica que podrá acogerse a ella solo un progenitor o persona responsable por hogar.
También, en consonancia con el citado decreto, se aclaró que en el caso de familias compuestas por dos progenitores, ellos podrán intercalarse o dividirse el tiempo de inasistencia en mitades, informando a quienes corresponda con la debida anticipación a los efectos de resguardar la organización funcional de los lugares de trabajo.
La medida del STJ fue adoptada en el marco de la declaración de máxima alerta sanitaria en la Provincia de La Pampa y en concordancia con la resolución 207/20 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Nación. Las clases fueron suspendidas desde el lunes y por un plazo de 14 días corridos.

 

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