Martes 23 de abril 2024

El TIP anuló una absolución en un caso de abuso sexual

Redacción 20/06/2019 - 08.18.hs

Los jueces del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de la provincia, Filinto Rebechi y Mauricio Piombi revocaron de forma parcial una sentencia de la Justicia piquense que absolvió a un changarín del cargo de abuso sexual.
Así, el Tribunal santarroseño hizo lugar en parte al recurso de impugnación presentado por la fiscala Ivana Hernández, sobre la absolución que dispuso la jueza de control piquense, Jimena Cardoso, en una causa de abuso sexual que se debatió en el Juzgado de General Pico.
Los jueces del TIP declararon la invalidez del fallo y ordenaron que se conforme otro tribunal, para hacer un nuevo juicio.
La causa penal se inició a partir de la denuncia que radicó una mujer contra el hombre con el que hacía más de 30 años que estaba en pareja. La denunciante aseguró que el imputado la obligó a mantener relaciones, pese a acceder al pedido.
La jueza Cardoso, en la sentencia que dictó meses atrás, concluyó que "no pudo acreditarse el dolo del acusado de abusar sexualmente mediante acceso carnal, tal como lo requiere la figura enrostrada". También dijo que "el accionar del imputado parece haber sido realizado con el claro convencimiento de que tenía derecho a hacerlo, sin haberse representado en ningún momento el disvalor de su conducta y el resultado que ocasionaba, por lo que habré de absolverlo por atipicidad de la conducta".

 

Alegatos e impugnación.
La fiscala Hernández, que durante los alegatos de clausura había pedido que se condenara al acusado a la pena de seis años de prisión, por el delito de Abuso sexual con acceso carnal, presentó un recurso de impugnación ante el TIP, tras entender que hubo de parte de la magistrada una "errónea aplicación de la ley sustantiva" y una "errónea apreciación de la prueba".
Por ello solicitó al Tribunal santarroseño la invalidez de la sentencia absolutoria y que se condenara al acusado por la figura penal por la que había acusado durante el juicio que se desarrolló a lo largo de dos jornadas.
En el fallo del TIP, Rebechi subrayó que la víctima "se manifestó contraria a mantener relaciones sexuales y era conocido por el imputado, ya que la negativa fue exteriorizada por ésta, no obstante lo cual el imputado avanzó en su determinación de mantener relaciones sexuales con quién era su pareja, pese a la disconformidad de ésta. De manera tal, que mal puede sostenerse que el mismo no tuvo 'dolo' de abusar mediante acceso carnal a quien en ese momento era su pareja ya que, ésta había dado a conocer su negativa".

 

Accionar doloso.
En otro tramo de la sentencia, Rebechi marcó que la jueza piquense no analizó determinados informes judiciales y de Salud Pública, para determinar si el imputado "actuó dolosamente".
A los efectos de determinar si el imputado actuó dolosamente, el magistrado expresó que es necesario tener en cuenta diversos informes del Servicio Regional de Violencia Familiar, del Establecimiento Asistencia de la localidad y el Diagnóstico Victimológico de la Oficina de Atención a la Víctima, dado que "de los mismos surge con meridiana claridad que durante la relación de pareja entre la denunciante y el imputado, sufrieron diferentes situaciones que ameritan ser analizadas, toda vez que del análisis de las mismas, podría establecerse con mayor claridad respecto a lo que corresponde determinar en relación al actuar doloso de parte del acusado en el hecho motivo de estas actuaciones".
Por último, Rebechi marcó que "dichos informes no fueron analizados en su contenido total por parte de la sentenciante" y consideró que los mismos son "esenciales a los fines de resolver el presente legajo".

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?