Martes 19 de marzo 2024

El TIP confirmó pena a Gadea

Redaccion 19/02/2020 - 23.33.hs

El acusado viajó en moto a Colonia Barón donde discutió con su cuñado por la falta de un teléfono celular. En el marco de ese incidente sacó un revólver calibre 32 y le asestó un disparo en el pecho, a muy corta distancia. La víctima fue operada de urgencia y se recuperó.
GENERAL PICO – La Sala A del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa, conformada por los jueces Filinto Rebechi y Fernando Rivarola, confirmó la condena a seis años de prisión que le impuso un Tribunal piquense a Denis Elián Gadea, por el cargo de homicidio agravado por el uso de arma en grado de tentativa, en perjuicio de su cuñado Walter Contreras.
La defensora particular María Laura Vaquero argumentó que su defendido no tuvo intenciones de matar y subrayó que «se requiere de elementos objetivos que permitan establecer inequívocamente la intención de provocar el resultado muerte». Por ello pidió ante el TIP que se lo condenara por el cargo de «lesiones gravísimas» y solicitó el mínimo que prevé la escala legal para esta figura.
Los jueces del TIP destacaron que la víctima, según sus propios dichos, disparó a muy corta distancia. También consideraron que «no encontró asidero en ninguna prueba independiente», la teoría de la defensa, la cual justificó el uso de un arma de fuego por parte de Gadea, ante la supuesta presencia de un cuchillo en manos de la víctima. Los testigos no vieron que Contreras empuñara un arma blanca al momento del hecho.
«Considero necesario dejar sentada claramente mi postura acerca de que si una persona utiliza un arma de fuego, disparando contra otra hacia un lugar del cuerpo, con alto peligro de muerte; no puede argumentar que no quiso producir su muerte, sino solo lesionarla, ya que por las características del arma utilizada y la parte del cuerpo de la víctima en que el disparo ingresó, indudablemente la consecuencia normal hubiese sido la muerte del atacado», indicó Rebechi en el fallo.

 

Disparos.
El 27 de noviembre, el Tribunal compuesto por los jueces María José Gianinetto, Federico Pellegrino y Jimena Cardoso, condenó a Gadea por el cargo de «Homicidio agravado por el uso de arma en grado de tentativa», aunque lo absolvió de la imputación de «portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal».
Los jueces acreditaron que la madrugada del 3 de marzo, Gadea viajó en moto a la casa de su cuñado, en Colonia Barón. En ese domicilio le reclamó por el faltante de un teléfono celular de su propiedad y le efectuó dos disparos de arma de fuego a muy corta distancia. El segundo tiro dio en el pecho de Contreras, quien fue derivado de urgencia al Hospital Centeno de General Pico, donde le realizaron dos operaciones y lo dejaron internado en Terapia Intensiva, hasta que logró recuperarse. El imputado escapó de lugar y estuvo una semana prófugo.
Durante los alegatos de clausura, los fiscales Emilia Oporto y Guillermo Komarofky, pidieron una condena de siete años de prisión. La defensora sostuvo que Gadea no tuvo la intención de matar, y que en cambio, pretendió amedrentarlo. Por ello, solicitó que se encuadrara su conducta, en la figura de «Lesiones gravísimas».
«Resulta determinante considerar aquí la peligrosidad, mecanismo y entidad suficiente del medio empleado con capacidad letal, apuntado y disparado a poca distancia de otra persona, a una zona vital de su cuerpo. Acreditando el forense asimismo que tal lesión, de no haber intervenido rápidamente el equipo médico extirpando el bazo, hubiera derivado en la muerte de la víctima», manifestó Gianinetto, presidenta del Tribunal piquense que lo sentenció.

 


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