Lunes 22 de abril 2024

El TIP revocó una sentencia piquense

Redacción 27/12/2019 - 00.27.hs

(General Pico) - El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de La Pampa, hizo lugar a un recurso presentado por el defensor oficial Walter Vaccaro, revocó una sentencia de la jueza de audiencia María José Gianinetto y absolvió a Ezequiel Rodrigo Guaraglia, por aplicación del beneficio de la duda. El imputado había sido condenado en el mes de junio, a seis meses de prisión efectiva, por amenazar a sus ex empleadores, con incendiarle dos locales comerciales.
El 13 de junio, la magistrada piquense condenó a Guaraglia por el cargo de Amenazas simples, tras acreditar que amenazó de manera telefónica a sus exempleadores con prenderles fuego dos comercios y a ellos mismos cuando estuvieran durmiendo. Los hechos ocurrieron en agosto de 2017, luego que el imputado fuera despedido de su trabajo.
Sin embargo, Fernando Rivarola y Mauricio Piombi, jueces de la Sala A del TIP, revocaron la sentencia y absolvieron al imputado, tras remarcar que la magistrada piquense le atribuyó a Guaraglia, "en forma arbitraria" las amenazas, sin encontrar "sustento probatorio". Además marcaron que el hecho no fue acreditado "con el grado de certeza que una condena requiere", por lo que dictaron su sobreseimiento.

 

Fundamentos.
"La sentenciante afirmó que los denunciantes, luego del llamado de Guaraglia, tuvieron que tomar medidas de seguridad en sus negocios y en relación a sus personas. Sin embargo no describió cuáles fueron esas medidas, configurando tal afirmación como un enunciado general, vacío de contenido. Tampoco surgió de los audios del debate que mencionaran cuáles fueron las medidas de seguridad que tuvieron que tomar, más allá de expresar que el marido tendría que acompañar a su esposa cuando esta tuviera que salir; situación que no alcanza para configurarla como una medida de seguridad, y que además no quedó acreditada en el debate", señaló Rivarola.
El TIP también resaltó que "también carece la sentencia de fundamento alguno acerca del por qué la jueza creyó la versión de una testigo" (la empleada que atendió un llamado telefónico de Guaraglia profiriendo las amenazas) y "descreyó de la versión de la testigo", que afirmó que el imputado estaba enojado, pero que no los había amenazado durante la llamada.
Por último, los jueces del TIP marcaron que "de ninguna manera se acreditó la autoría del delito por parte de Guaraglia".

 


' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?