Lunes 15 de abril 2024

En la causa por la «cena judicial», el Estado provincial será querellante

Redaccion 31/07/2020 - 22.29.hs

El gobierno de La Pampa anunció ayer que el gobernador Sergio Ziliotto instruyó a la Fiscalía de Estado «para que se constituya en calidad de querellante en la causa judicial originada por la denuncia realizada por el subsecretario de Salud que tramita por ante el Ministerio Público Fiscal de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia».

 

La instrucción se dio mediante el Decreto Nº 1746/20, y entre sus fundamentos, expresa que «la situación sanitaria en relación a la pandemia conocida como Covid-19 es extraordinaria y sin precedentes, y La Pampa, en consonancia con el Estado nacional, ha requerido la colaboración de todos los sectores de la sociedad para resguardar la salud de su población».

 

Asimismo destaca que la autoridad sanitaria provincial ha realizado un esfuerzo inmensurable para evitar que la pandemia se instale en esta provincia, y en tal sentido, se han dictado distintas medidas en resguardo de la Salud Pública de toda la población. Entre estas medidas, señala que por Decreto N° 1134/20 se restringió la circulación interprovincial, pudiendo egresar de la provincia únicamente por razones estrictamente laborales a las localidades limítrofes que no sean «zonas definidas con transmisión local en Argentina» del Covid-19, siempre que cuenten con autorización individual previa. A su vez, por Decreto N° 1375/20, se estableció que las reuniones sociales y familiares solo podían realizarse los días domingos a jueves de 8 a 20 horas y los viernes y sábados de 8 a 24, y de acuerdo a la denuncia realizada, y al legajo judicial iniciado en consecuencia, los involucrados se habrían reunido fuera del horario permitido, por lo que el Estado provincial no puede omitir el caso teniendo en cuenta la función que desempeñan algunos de ellos, haciendo necesario instruir al Fiscal de Estado a constituirse como querellante en representación de la provincia de La Pampa.

 

Más transparencia

 

El Decreto difundido ayer destaca que la presencia del Estado Provincial como querellante «puede brindar aún más transparencia al proceso, máxime si tenemos en cuenta que tres de las -hasta ahora ocho personas investigadas- pertenecen a altos cargos del Poder Judicial» (mismo poder que los investigará y juzgará), en relación al fiscal general Guillermo Sancho, el juez de Faltas, Miguel Ángel Vagge y el juez del Tribunal de Impugnación Penal, Pablo Balaguer.

 

Por otra parte, el Decreto agrega que la supuesta acción desplegada por los imputados reviste de gravedad institucional, justificando la querella del ejecutivo, «que tiene por fin realizar un contralor del proceso, colaborando en la producción de prueba y en el esclarecimiento rápido de la verdad objetiva», señala.

 

El artículo 101 de la Constitución de la Provincia de La Pampa atribuye al Fiscal de Estado legitimación y personería para intervenir en todos aquellos juicios en los que se controviertan intereses de la provincia, habiéndose reglamentado por la Ley Orgánica de Fiscalía de Estado y Procuración -Norma Jurídica de Facto Nº 888- el modo, atribuciones y los deberes del Fiscal de Estado para la defensa de los intereses de la provincia.

 

Finalmente, el Decreto indica que se dictó «en el marco de las atribuciones emergentes del artículo 81 inciso 14, de la Constitución Provincial en tanto faculta al Poder Ejecutivo a ‘tomar todas las medidas para hacer efectivas las declaraciones, derechos, deberes y garantías de esta constitución'».

 


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