Viernes 12 de abril 2024

Estudia Abogacía y lo condenan por reincidente

Redacción 30/12/2018 - 00.36.hs

La jueza de audiencia de Santa Rosa, Alejandra Flavia Ongaro, unificó dos condenas contra Daniel Alberto Drapanti y le impuso una pena única a 13 años de prisión, manteniendo su condición de reincidente. El imputado tiene 35 años y es pintor, panadero y estudiante de abogacía.
Una semana atrás, el jueves 20, se había realizado la audiencia multipropósito de juicio, en la que el fiscal Facundo Bon Dergham había requerido que se le imponga a Drapanti una pena única de 16 años de prisión. El fiscal sostuvo que "la reiteración delictiva" y "las circunstancias personales del condenado", en alusión a la edad y situación social y económica, eran indicios de que no le cabía una atemperación de la sanción. Además, consideró agravantes que sea estudiante de Derecho y su peligrosidad.
El defensor oficial, Juan José Hermúa, difirió con el quantum de la pena y pidió que ella finalice el 21 de agosto de 2020, cuando se agoten las dos condenas que tenía unificadas. A su vez, indicó que la imposición de la pena no es "un mero trámite matemático" y que habitualmente el estar estudiando se lo evalúa favorable y no negativamente.
Para la unificación, Ongaro tuvo en cuenta que el acusado había sido condenado el 5 de noviembre pasado, por la Audiencia de Juicio de Santa Rosa, a 12 años y 3 meses de prisión, manteniendo su condición de reincidente, y que poco después, el 28 de noviembre, volvió a ser condenado a cuatro años de prisión por el juez de control de General Pico, Alejandro Gilardenghi.

 

Robo simple.
El primer fallo fue dictado por la propia Ongaro en un abreviado en el que se lo sancionó con tres meses de cumplimiento efectivo por robo simple, unificándosele la pena con otra sentencia dictada el 9 de octubre de 2009 por la entonces Cámara en lo Criminal de General Pico a una pena única de 12 años de prisión. En aquella ocasión, se le había unificado la condena a tres años por estelionato y lesiones graves agravadas en dos ocasiones, con otra del 7 de noviembre de 2007.
En la sentencia firmada por Gilardenghi -también por abreviado- el imputado recibió tres años y cuatro meses de prisión por robo agravado por escalamiento. Además se le revocó la libertad condicional -que se le había otorgado el 16 de junio de 2017- y se le unificó la pena con la condena de 2009 en una pena única de cuatro años de prisión.
"Sin perjuicio del orden temporal en el que se sucedieron esas sentencias, siendo éste Tribunal quien dictara la pena de mayor quantum, procederé a resolver el presente requerimiento fiscal", señaló la magistrada en el fallo.

 

Pena unificada.
Ongaro indicó que "superando un estricto cálculo aritmético, realicé una tarea de composición de las penas impuestas individualmente en cada sentencia. Para ello, he tenido especialmente en consideración que el argumento del Ministerio Público Fiscal en cuanto a la reiteración delictiva que se constata en el accionar de Drapanti (...) se trata de una valoración que fue realizada en la primera de las sentencias y luego reiterada en la segunda. Por lo que entiendo, no sería razonable, volver una vez más a efectuar esa valoración negativa en contra del condenado para justificar una aplicación de pena de mayor cuantía".
"Por otra parte, debo consignar que en este caso en particular he optado por el sistema composicional para la unificación de la pena a imponer, considerando la naturaleza de los bienes jurídicos afectados por el accionar ilícito que se le atribuye a Drapanti. En efecto, la entidad jurídica de estos hechos (delitos contra la propiedad) amerita la decisión de aplicar una menor sanción punitiva, respecto de la que resultaría de efectuar un mero cálculo aritmético", concluyó la jueza.

 


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