Jueves 25 de abril 2024

Fiscales denunciaron hacinamiento de presos en la comisaría Tercera de General Pico

Redacción 31/10/2019 - 00.16.hs

Los defensores oficiales de la Segunda Circunscripción Judicial de La Pampa, con asiento en esta ciudad, presentaron una acción de habeas corpus correctivo y colectivo "en favor de las personas detenidas y alojadas en la Comisaría Tercera de General Pico". Aseguraron que están en condiciones de hacinamiento, dado que hay 40 detenidos en un espacio que tiene capacidad para 21 personas.
La acción fue planteada por los defensores oficiales Walter Vaccaro, Alejandro Caram, Elba Pozze, Guillermo Costantino y Alejandro Piñero, quienes denunciaron que a raíz del hacinamiento que hay en el lugar de detención sus defendidos "sufren tratos inhumanos y degradantes".
Los profesionales explicaron que en La Pampa genera "este tipo de violaciones y privaciones" la "utilización abusiva" de la prisión preventiva, medida que recae sobre las personas que permanecen privadas de su libertad mientras son sometidas a proceso.
La acción se interpuso el 24 de octubre pasado, ante el juez de control de Genera Pico, Heber Pregno, a raíz de un informe elaborado dos días antes, que "evidencia la sobrepoblación que existe en esa comisaría en la que hay 40 detenidos, cuando el establecimiento tiene capacidad para 21 plazas".
Desde la Defensa Pública marcaron que en uno de los pabellones "hay 17 personas, cuando su capacidad es de ocho, y en el otro pabellón, que tiene la misma dimensión, hay 16 detenidos".

 

Recurso.
En su presentación, los defensores oficiales alegaron que "las condiciones en que los detenidos y alojados en las dependencias de la Comisaría Tercera de Policía de esta ciudad, cumplen con el encarcelamiento preventivo oportunamente dispuesto, son abiertamente inconstitucionales toda vez que constituyen, a todas luces, un agravamiento arbitrario de tales condiciones de detención y suponen una flagrante violación a los principios de humanidad y dignidad de los detenidos, en su carácter de personas privadas de su libertad provisionalmente".
En este punto marcaron que la situación resulta violatoria del artículo 18 de la Constitución Nacional, como así también de las leyes nacionales y provinciales "que aseguran y regulan los derechos básicos de las personas detenidas, estableciendo un tratamiento humano y digno tendiente a garantizar el fortalecimiento de la dignidad humana y la inserción social de los procesados y condenados."
En la presentación de la acción de habeas corpus, también hicieron referencia a las normas internacionales "que establecen que las personas privadas de su libertad deben ser tratadas humanamente y con el respeto debido a su dignidad humana".
En este sentido citaron las Reglas Mínimas para el Tratamiento de Reclusos establecidas en el Primer Congreso de Naciones Unidas para la Prevención del delito y el Tratamiento del Delincuente, celebrada en 1955; y el Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos elaborado por Naciones Unidas para el tratamiento de reclusos, aprobado por Asamblea General.

 

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