Lunes 22 de abril 2024

Golpeó y le robó a su pareja

Redaccion 13/05/2020 - 22.19.hs

Un hombre de 27 años, Julio Alberto Pereyra, fue condenado a ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo por ser autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente con la víctima. Además, cometió hurto simple en dos oportunidades también contra su pareja.
Esos hechos ocurrieron el 13 de abril a la tarde cuando se originó una discusión en la casa que alquilaban, cuando la mujer le dijo que quería irse de ese lugar. Pereyra se ofuscó y le propinó a ella golpes en el cuerpo y la cabeza. Luego se fue en una bicicleta, llevándose la llave de la vivienda y el celular de la damnificada.
La víctima «buscó refugio en la casa de una de tía, no comentando nada de lo sucedido, y desde allí se tomó un taxi hasta lo de una amiga, adonde permaneció hasta el momento de realizar la denuncia», dice el fallo de la jueza de control santarroseña María Florencia Maza.
A la tarde del día siguiente, la víctima fue interceptada por el acusado en la zona norte de Santa Rosa, la tomó de los pelos y le arrebató una cartera que contenía documentación propia y el celular de un hermano.
Maza, dictó la sentencia luego que las partes convinieran un juicio abreviado, rubricado por el fiscal Cristian Casais, la defensora oficial Mariel Annecchini y el propio imputado, quien registra antecedentes penales.
La mujer, al ser informada sobre los alcances de la pena, dijo que no estaba de acuerdo porque era «muy corta en el tiempo» y que, por haber sufrido otros hechos similares, que ella no denunció oportunamente, la sanción debió ser más gravosa. Ante ello se le explicó que podía denunciar esas otras agresiones si era su voluntad.
En este punto, vale recordar que en los juicios abreviados hay que notificar a las víctimas de lo pactado, aunque su opinión no es vinculante. Tampoco los jueces pueden imponer penas mayores a las requeridas por el Ministerio Público Fiscal.

 

Patrón de conducta.
La magistrada señaló que «los hechos deben ser valorados en el contexto de la ley 26485, teniendo en cuenta lo relatado por la damnificada, en cuanto a que fue víctima de violencia con anterioridad; radicando incluso varias denuncias, que si bien no pudieron arribar a una conclusión condenatoria debido a la retractación de ella; sí mostraron un patrón de conducta del imputado en lo referido a la relación con la víctima».
Incluso agregó que ello «se vio reforzado por lo que surgió del informe de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia, y por la propia dinámica de los hechos analizados; evidenciándose que en dos días distintos y consecutivos Pereyra ejerció violencia contra su pareja, apropiándose de bienes que le pertenecían a ella y causándole lesiones»-

 

Otra condena.
El imputado había sido condenado anteriormente también por violencia de género, aunque respecto a otra víctima, lo que muestra «un modo de relacionarse con las mujeres que justifican lo resuelto», añadió Maza.
La Asesoría de Niños, Niñas y Adolescentes, al conocer el acuerdo, solicitó que se le imponga a Pereyra una restricción de acercamiento y contacto con la víctima y sus hijos; pero la jueza denegó el pedido porque la fiscalía y la defensa convinieron que la pena de ocho meses sea de cumplimiento efectivo. El acusado está detenido desde el 22 de abril.

 

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