Jueves 11 de abril 2024

Caso Hotz: «Lo decisivo era la velocidad»

Redaccion 08/06/2020 - 11.41.hs

El abogado querellante del juicio contra Esteban Hotz por la muerte de seis personas en el siniestro fatal de la ruta 5, Mario Aguerrido, aseguró que analizará el fallo de la justicia para evaluar la posibilidad de presentar un recurso de apelación. «En principio el objetivo de que (Hotz) fuera condenado está cumplido», manifestó.
En declaraciones a Radio Noticias, el abogado consideró que pese a que la sentencia «generó bastante conmoción» responde «a parámetros objetivos». Sin embargo, aseguró: «Tengo que analizar si están dadas las condiciones para plantear un recurso de apelación en pena y en ejecución».
La semana pasada, el martillero fue condenado a tres años de prisión en suspenso y a siete de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo con motor que requiera habilitación. El siniestro fatal en el que murieron seis personas ocurrió el 25 de diciembre de 2018 en el cruce de las rutas nacional 5 y provincial 7.
Para Aguerrido, el eje decisivo a tener en cuenta en la condena era la velocidad a la que circulaba Hotz «con prescindencia de la maniobra de Franco Palacio», el conductor del Peugeot en el que viajaban las víctimas fatales.
«Ninguna de las pericias lo ubicaba al martillero por fuera del tipo penal, o sea, la pericia que más favor le hacía a Hotz hablaba de 95 km/h y la velocidad máxima en la zona era de 60 km/h. Hubo cerca de cinco pericias, y si ninguna me puede dejar fuera del tipo penal, es evidente que venía bastante más rápido», expresó.
En esa línea, opinó que «todas las pericias de Hotz cometían el error de ponerlo en el mismo lugar, sin considerar que si hubiera venido a 60 km/h iba más atrás, por lo que el accidente no hubiera ocurrido». Y completó: «Sin conocer la sentencia, ver como quedó el Peugueot en el que circulaban los Palacio genera mucha impresión y da una idea de la velocidad a la que venía el vehículo de Hotz».

 

Interés culposo.
Finalmente, el abogado aclaró que «más allá del resultado dañoso, hablamos de un delito de interés culposo donde se parte de la base de que no hay intención del autor en ocasionar el accidente».
Sin embargo, recordó que la querella había pedido 4 años de prisión en cumplimiento efectivo «ya que teníamos en cuenta una serie de cuestiones, puntualmente los daños directos (las seis muertes), y los daños indirectos, o sea, los efectos en los familiares de esas seis muertes, porque los Palacio de pronto se vieron sin dos generaciones».
Y cerró: «Esto fue un accidente gravísimo, me pongo en el lugar de la familia y los entiendo. Pero es algo que la justicia debe resolver de manera objetiva en base a lo que las pruebas determinan. La justicia entendió que la velocidad fue lo determinante del resultado dañoso».

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?