Domingo 24 de marzo 2024

Informan sobre requisitos

Redaccion 05/05/2021 - 21.18.hs

La Secretaría de Recursos Hídricos recordó que en el marco de la Ley 2581, Código Hídrico de la provincia de La Pampa, todas las extracciones de agua subterránea deberán contar con el permiso otorgado por ese organismo.
El permiso de perforación o extracción de agua subterránea se solicita mediante una nota dirigida al secretario de Recursos Hídricos, Néstor Lastiri. En la misma se deberá informar para qué uso se va a destinar, caudal diario y datos de contacto de quien presenta la nota.
Entre los aspectos hidrogeológicos que deberá incluir el pedido, debe constar un estudio hidrogeológico a cargo de un profesional. La Secretaría posee un Registro de Consultores y Perforistas inscriptos para tal fin.
También detalles como: Acuífero explotado (denominación); datos de recarga local o regional; profundidad final de la perforación; caudal de la bomba (m3/h ó l/h) y caudal de extracción diario (m3/día ó l/día); nivel estático y dinámico; depresión ocasionada por el bombeo; caudal característico; datos de perforaciones vecinas; diseño de la perforación: material de cañería de entubamiento, disposición de filtros y pre filtros (en el caso de ser una perforación nueva); datos del equipo de bombeo (marca, hp, caudal, etc.); tipo de bombeo (electro sumergible, bombeador, molino, otros); análisis físico-químico y bacteriológico del agua de la/s perforación/es (deberá realizarse en un laboratorio certificado y en el caso de ser una fotocopia, la misma debe estar certificada por la policía de la provincia, escribano, etc).
Por último se deberá hacer una nota declarando que no se van a poner en riesgo el o los acuíferos.
La Memoria Descriptiva del pedido de perforación debe incluir detalles como Tipo de establecimiento; Nombre del/los propietario/s o razón social; Domicilios reales y legales y números de teléfonos, y Ubicación catastral.

 


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