Martes 09 de abril 2024

«La condena se apoya en pruebas irrefutables»

Redaccion 14/03/2021 - 06.41.hs

(Eduardo Castex) – El fiscal Marcos Sacco, titular de la Fiscalía Temática de Delitos que impliquen Violencia Familiar y de Género de la I Circunscripción Judicial, aseguró que Brian Williams Luna (26) y Luciano Javier Domínguez (25) recibieron la pena de prisión perpetua porque durante la
investigación se recolectaron «cinco o seis elementos de prueba objetivos de validación científica». Los autores del homicidio de Josefa Moreno viuda de Giovannini (88) y la brutal agresión a su sobrina Ana María Martón (66) actuaron «con intenciones de robo» y antes de retirarse abrieron las hornallas de la cocina e incendiaron las viviendas donde a bandonaron a sus víctimas.
«Llamó la atención la mecánica de los hechos, el lugar, las víctimas y cómo ocurrió. No solo conmocionó a Eduardo Castex sino a toda la provincia, por la violencia extrema» que utilizaron, agregó.
El martes pasado, en Santa Rosa, Luna y Domínguez (25) fueron condenados a prisión perpetua cono coautores de homicidio criminis causa, en concurso real con robo calificado por escalamiento en grado de tentativa, en perjuicio de Ana Moreno y su sobrina Ana María. A Domínguez se le sumó el delito de evasión. La sentencia fue dictada por los jueces Gastón Boulenaz, Carlos Besi y Daniel Sáez Zamora, quienes determinaron que ambos continúen en prisión preventiva hasta que el fallo quede firme.

 

Brutalidad.

 

El episodio ocurrió el 31 de marzo de 2019. Los autores ingresado a la vivienda por «el patio trasero» después de saltar un tapial de 1,80 metros y aprovechando que residían en un hotel cercano. «Agredieron física y brutalmente con un palo de madera, tipo tirante, primero a
Moreno y luego a Martón, con claras intenciones de proceder a la sustracción de bienes totalmente ajenos», detalló la sentencia. Moreno falleció a causa de las heridas y Martón permaneció internada en grave estado antes de recuperarse.
El fiscal Sacco trabajó en la investigación desde el inicio. «Las evidencias nos dieron un horizonte para sentarnos en la audiencia y pudimos acreditar con un montón de pruebas» la hipótesis de homicidio criminis causa. Y recordó que «las penas que solicitamos se correspondieron con un determinado delito tipificado en el Código Penal. Había una persona fallecida por los golpes recibidos y otra gravemente. Sospechamos y después lo confirmamos, que ingresaron al domicilio con intenciones de robar» y mataron para encubrir el hecho. «Por eso acusamos homicidio criminis causa que prevé prisión perpetua».
El fiscal confirmó que «sabemos con certeza que ingresaron a robar, porque la señora Martón sobrevivió y recuerda lo que sucedió ese día. Inicialmente estuvo desvanecida, pero después pudo declarar en el juicio y dijo que revolvían el interior de la vivienda y que le sacaron cosas de su cartera. Y después hubo un incendio, iniciado en la habitación donde quedaron las víctimas y una parte de la casa quedó con destrucción total, como acreditaron los peritos bomberos. No fue una casualidad: tuvieron intenciones de incendiar la casa. Y también pudimos constatar que antes de irse abrieron las hornallas de la cocina con intenciones claramente de volar la casa».

 

Intención criminal.

 

Precisamente, fue la brutalidad lo que conmocionó a Eduardo Castex. «Hubo una intención criminal. Tal vez es más común en grandes centros urbanos y acá está comenzando. Es claro que bajo los efectos de algunas sustancias quienes delinquen pierden ciertos frenos inhibitorios para cesar el accionar violento» y contó que la investigación «acreditó mediante pericias que estos jóvenes se encontraban inmersos en una situación grave de consumo de drogas».

 

Abuso sexual.

 

Consultado sobre al presunto abuso sexual a una de las víctimas, Sacco respondió que «quedó totalmente acreditado pero no se pudo determinar quién lo cometió. No quedaron dudas sobre que existió la agresión sexual, pero es un delito en el que necesariamente
debemos que acreditar al autor. En este caso los imputados fueron co autores y no se pudo determinar mediante cotejos de ADN, ni hisopados de contacto en la víctima quién fue el autor. Es un delito que tiene una pena inferior a la prisión perpetua, de modo que si hubiéramos acreditado quién fue, la pena no hubiera variado».

 

«Pacto de silencio».

 

Los defensores de los condenados tienen 10 días hábiles para impugnar el fallo del Tribunal. Si esa solicitud no prospera podrían recurrir a recurso de casación ante
el Superior Tribunal de Justicia y en última instancia llegar hasta la Corte Suprema de Justicia. «Existió un pacto de silencio. Uno no declaró y solo dijo que era inocente. Entre ellos no se acusaron e intentaron transmitir que no tenían relación, pero se pudo demostrar que existía relación entre ellos», dijo el fiscal Sacco.
También reiteró que la pesquisa se orientó «con los primeros indicios que se obtuvieron en el lugar del hecho» donde se halló «una huella de calzado que fue determinante para orientar la investigación». También reveló que una cámara de seguridad urbana «captó el momento cuando uno de los imputados salía del lugar del hecho e ingresaba corriendo al hospedaje. Con esos indicios, obtenidos el mismo 31 de marzo, empezamos a orientar la investigación».

 

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