Domingo 21 de abril 2024

La Corte Suprema confirmó condena

Redacción 26/05/2018 - 02.00.hs

GENERAL PICO - La Corte Suprema de Justicia de La Nación (CSJN) confirmó días atrás la condena de cuatro años de prisión y de ocho de inhabilitación para conducir vehículos con motor, que le impusiera el juez Florentino Rubio al alvearense Juan Pablo Escobar, quien a la salida de un boliche en la localidad norteña, atropelló a dos motociclistas a los que arrastró por más de cien metros. En el siniestro falleció Alejandro Sebastián González, quien viajaba como acompañante, en tanto que el conductor, Carlos Ariel Lobos, sufrió heridas de gravedad. El fiscal Damián Campos, quien llevó adelante la causa, pidió la detención del condenado.
El hecho ocurrió el 12 de abril del 2015 cerca de las 6 de la mañana en la avenida Sarmiento, antes de llegar a la avenida España, en la localidad de Alvear, en el momento en el que Lobos conducía una motocicleta Zanella ZB y González iba como acompañante. Por detrás los embistió Escobar, que circulaba alcoholizado y a exceso de velocidad a bordo de una camioneta Chevrolet Silverado. El impacto fue fatal para González y dejó a Lobos con lesiones graves.
El hecho se debatió en un juicio oral y público que se desarrolló en los tribunales piquenses en el mes de octubre de 2016, tras el cual el juez de audiencia Florentino Rubio, lo sentenció a cumplir una pena efectiva de cuatro años de prisión y lo inhabilitó para conducir.

 

Tribunales pampeanos.
El fallo de la Justicia piquense fue confirmado el 23 de marzo de 2017 por los jueces Mauricio Piombi y Fernando Rivarola, del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) de la provincia, quienes argumentaron que no existió "doble punición" como lo planteó el defensor, quien había considerado que se le aplicara el mínimo de la escala legal, o sea 2 años de prisión en suspenso. Luego de ello, la Sala B del Superior Tribunal de Justicia (STJ), compuesta por los ministros Fabricio Losi y Elena Fresco, también confirmó la sentencia contra Escobar, al declarar inadmisible el recurso de casación.
El máximo órgano judicial de La Pampa ratificó la condena al rechazar el recurso extraordinario presentado por el defensor contra la inadmisibilidad de la casación. Durante los últimos días se conoció que fue la Corte quien rechazó el recurso presentado por la defensa del pampeano.

 


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