Domingo 17 de marzo 2024

La Pampa llevó a la Corte el reclamo por la represa El Tambolar

Redacción 05/10/2018 - 09.45.hs

Con la firma del gobernador Carlos Verna, el fiscal de Estado, José Alejandro Vanini, y el procurador provincial, Hernán Pérez Araujo, el gobierno pampeano presentó ayer ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación una demanda de amparo ambiental ante el avance en la construcción de la represa El Tambolar, sobre el río San Juan. Hasta tanto se cumpla con tres importantes leyes nacionales, La Pampa exigió "la inmediata paralización" de la obra, que ya registra un 15 por ciento de avance, la realización de audiencias públicas interprovinciales, y la determinación de un caudal ambiental para toda la cuenca.

 

En la presentación, La Pampa solicitó que la Corte ordene cumplir en la ejecución de las obras lo establecido en la Ley 25675 General del Ambiente, en la Ley 25688 de Régimen de Gestión Ambiental de Aguas y lo normado por la Ley 23879 de Obras Hidráulicas.
Hasta tanto sean cumplimentados todos los requisitos exigidos en las leyes invocadas, y en consecuencia se ejecuten y aprueben los estudios ambientales regionales y audiencias públicas previstas en las mismas, los firmantes solicitaron a la Corte Suprema una medida cautelar consistente en la inmediata paralización de la obra "El Tambolar".
"La obra no puede avanzar en las condiciones planteadas por San Juan y la Nación", sostuvo el procurador Pérez Araujo. "Le solicitamos a la Corte que ordene la realización de un Estudio de lmpacto Ambiental sobre toda la cuenca hídrica, y que se someta a la consideración vinculante de todas las provincias que la integran", detalló.
También se requirió la realización de una Evaluación Ambiental Estratégica que contemple las consecuencias ambientales que el programa de desarrollo hidroeléctrico sobre el río San Juan llevado a cabo por la Provincia de San Juan y el Estado Nacional producen o pueden producir sobre el territorio de la cuenca hídrica y cómo afecta el desarrollo sostenible v equilibrado de todas las provincias condóminas del recurso, a cuya consideración vinculante deberá someterse.

Incumplimientos.
"Está claro que la provincia de San Juan, al igual que Mendoza, mantiene una postura de apropiación unilateral de los ríos interprovinciales, y han incumplido todas las leyes nacionales aplicables", definió el procurador pampeano. "En la reunión de la Comisión del Desaguadero del pasado 23 de agosto fueron claros al respecto, manifestando que para El Tambolar realizaron el Estudio de Impacto Ambiental solo en territorio sanjuanino y en el marco de su ley provincial. No quieren crear un organismo, e incluso desconocen la existencia misma de la cuenca", afirmó.
Entre las solicitudes que Verna planteó a la Corte Suprema se incluye el respeto a la participación ciudadana, que toda persona tiene a ser consultada y a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente. Para ello se requirió que el Tribunal ordene la realización de audiencias públicas interprovinciales destinadas a tal fin.
Además de las leyes nacionales que se invocan, La Pampa fundó la demanda de amparo en convenios internacionales suscriptos por la Nación, como la Convención contra la Desertificación y la Sequía, y el Convenio sobre Diversidad Biológica, solicitando que se determine un caudal hídrico apto para sostener el ecosistema en toda extensión de la cuenca, considerada en su integralidad.
"Es inaceptable que San Juan, en clara connivencia con Nación, están desconociendo los intereses de La Pampa, y de las demás provincias de la cuenca, proyectando una obra que evidentemente terminará de degradar el ambiente aguas debajo de su emplazamiento", reclamó el abogado del Estado. "Deben realizar todos los estudios, someterlos a audiencias públicas y la consideración de las restantes jurisdicciones, y de ser necesario deberán reformular el proyecto mediante el que se licita la obra respetando los parámetros de protección del ambiente que allí se establezcan, concluyó.

 

Senadora quiere quitar regalías
La senadora nacional mendocina Anabel Fernández Sagasti presentó ayer un proyecto declarativo en el que solicitó quitarle a La Pampa las regalías que nuestra provincia cobra por la generación hidroeléctrica en el complejo de centrales Los Nihuiles. La senadora se amparó en un dictamen no vinculante y en la obra, cuestionada en sede judicial y administrativa, de la represa Portezuelo del Viento.
El polémico Proyecto de Comunicación pretende que el Ejecutivo Nacional derogue el decreto 1560/73, que fue el que ordenó la distribución en partes iguales de los beneficios de la generación hidroeléctrica en el río Atuel.
La solicitud está basada en el dictamen 163 de la Procuración del Tesoro de la Nación, un dictamen de carácter no vinculante que data de hace dos años. Este dictamen establece "la necesidad de adecuar el criterio utilizado para la distribución de las regalías del Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles, ubicado íntegramente en la provincia de Mendoza".
La senadora kirchnerista, una de las fundadoras de la agrupación La Cámpora en esa provincia, sostuvo que "el criterio de la fuente hidroeléctrica establece que debe percibir las regalías el Estado donde está la pendiente por la que se precipite agua que genere electricidad, esto desde el punto donde el agua se acumula (punto de embalse) hasta el punto donde se turbina (puesto de generación). Este es el criterio que el Estado Nacional admite en 43 embalses centrales en todo el país".
Siempre teniendo en cuenta el proyecto de declaración elaborado por Fernández Sagasti, "según la Dirección Nacional de Prospectiva, el tramo del río Atuel efectivamente aprovechado para generar energía eléctrica, en el Complejo Hidroeléctrico Los Nihuiles se desarrolla totalmente en territorio de Mendoza".
"El pedido es un reclamo histórico efectuado por la Provincia de Mendoza, cuyos habitantes se han visto afectados por esta distribución de las regalías", aseguró la legisladora.
Lo que no ha dicho la senadora, y en general omiten mencionar los políticos mendocinos, es que en el acuerdo del año 1992 la provincia de Mendoza convalidó expresamente el decreto 1560/73. El acuerdo de 1992 estableció el traspaso del complejo Los Nihuiles de la órbita nacional a la jurisdicción de Mendoza, consolidó esa repartición de regalías y estableció que Mendoza debía entregar un cupo de agua de buena calidad a las localidades pampeanas de Santa Isabel y Algarrobo del Aguila.

 

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