La Pampa pone en marcha su Régimen de Desarrollo Energético
Sabado 09 de marzo 2024

La Pampa pone en marcha su Régimen de Desarrollo Energético

Redacción Avances 14/05/2021 - 16.36.hs

Es la herramienta para que la provincia avance en la autarquía energética con Pampetrol como nave insignia. Da un fuerte impulso a la utilización de fuentes renovables, implementa medidas de eficiencia energética, habilita a las pampeanas y pampeanos a generar su propia energía y regula la participación de nuevos actores capaces de comercializar energía en el mercado local, respetando los convenios de concesión en vigencia con las cooperativas.   

 

La reglamentación de la Ley de Desarrollo Energético, Ley N° 3285, se elaboró sobre la base de un trabajo colaborativo y conjunto que ha llevado adelante la Secretaría de Energía y Minería con las Cooperativas concesionarias del servicio público eléctrico y personal de la Administración Provincial de Energía, quienes se han reunido periódicamente desde el mes de enero en mesas de trabajo.

 

El decreto reglamentario consta a la fecha de dos Anexos; en el primero de ellos se reglamentan los aspectos generales de la ley, mientras que en el segundo, por la especificidad de la materia, se reglamenta el Régimen Provincial de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Eléctrica.

 

Esta reglamentación permitirá llevar adelante los objetivos previstos en el Plan Estratégico de Energía para La Pampa, preparando al sistema eléctrico provincial para la inyección de energía eléctrica generada en el territorio pampeano.

 

Autarquía energética
Para alcanzar la autarquía energética la norma reglamentaria pone en funcionamiento el Mercado Local de Energía Eléctrica (MLEE), en el que Pampetrol SAPEM, como empresa de energía insignia, y la Administración Provincial de Energía, en su calidad de operadora del sistema eléctrico provincial, tienen un rol fundamental. Asimismo, se regula la participación de nuevos actores capaces de comercializar energía en el mercado local, respetándose los convenios de concesión en vigencia con las cooperativas.

 

La reglamentación fija los criterios objetivos para la selección de proyectos de generación de energía eléctrica, y establece que tendrán prioridad aquellas iniciativas destinadas a ofrecer soluciones de abastecimiento, que presenten ventajas comparativas frente a otras alternativas de inversión y aporten estabilidad al sistema en su conjunto. En todos los casos, tendrán prioridad los proyectos en los que Pampetrol SAPEM tenga una participación, y deberá garantizarse la rentabilidad y el repago de las inversiones.

 

Fuentes renovables y eficiencia energética       
En ese camino y a los fines de impulsar el desarrollo energético de la provincia, el decreto reglamentario permite poner en funcionamiento el Registro de Beneficiarios de Energía a partir de Fuentes Renovables, a través del cual los generadores de energía eléctrica podrán gozar de los beneficios impositivos previstos en la Ley; a la par que crea el Registro Provincial de Proveedores de Servicios y/o Productos Energéticos. 

 

Las medidas de eficiencia energética también tienen un papel trascendental en la reglamentación, por ello se implementan las bases de los programas de incentivos para recambio de tecnologías, mejoras edilicias y otras acciones que contribuyan al ahorro y uso eficiente de la energía. En ese sentido, se instruye a la Secretaría de Energía y Minería, como autoridad de aplicación, para proponer las metas y acciones de cada uno de los programas, sobre la base de los diagnósticos que elabore a tal fin, para lo cual trabajará de manera articulada con otros organismos de la administración nacional y provincial, Municipalidades y Comisiones de Fomento.

 

Generación distribuida
Esta reglamentación permite poner en marcha en la Provincia el Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Eléctrica. A través de este régimen los pampeanos y pampeanas tendrán la posibilidad de generar energía eléctrica para abastecer el consumo de sus hogares, comercios e industrias, con la posibilidad de inyectar los excedentes a la red eléctrica de distribución. La energía inyectada generará un crédito que podrá imputar a su cuenta o a la de otra persona usuaria del servicio, a través de la figura de la cesión de crédito.

 

Los usuarios generadores para ingresar al Régimen deberán inscribirse en el Registro Provincial de Usuarios/as Generadores a partir de Energías Renovables (RUGER) y contar con la autorización de su prestadora del servicio eléctrico.

 

A través de la participación en este Régimen de Generación Distribuida y de las medidas de ahorro y eficiencia energética, los usuarios y usuarias del sistema tendrán un rol protagónico, posicionándose como sujetos activos, informados y con las herramientas necesarias para gestionar su demanda de energía.

 

Por otra parte, entre las acciones y herramientas que implementa la Reglamentación se encuentran las que atienden las necesidades de abastecimiento de energía eléctrica de aquellos  ciudadanos/as que no tienen acceso a la red eléctrica.

 

A través de esta reglamentación se avanza de manera firme en el anhelo de convertir a La Pampa en una provincia productora de energía a través del aprovechamiento de sus recursos y del compromiso y el esfuerzo mancomunado de los Organismos Públicos Provinciales, Municipios, Comisiones de Fomento y Cooperativas para llevar a pampeanos y pampeanas una mejor calidad de vida, invitándolos a ser protagonistas de esta transformación.

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?