Martes 09 de abril 2024

«La prohibición afectará a las empresas distribuidoras»

Redaccion 25/01/2020 - 21.36.hs

La Federación de Distribuidores de Insumos Agropecuarios (Fedia) manifestó su preocupación ante una posible limitación en la comercialización de fitosanitarios en La Pampa. «esta medida afectará la actividad de las empresas distribuidoras de agroinsumos, que en su mayoría son agronomías y cooperativas de pequeña y mediana envergadura», afirmaron.
Lo que sucede es que el próximo 28 de enero vence el plazo de 270 días que la Subsecretaria de Ambiente de la Provincia de La Pampa estableció para la puesta en funcionamiento de un sistema de gestión de envases vacios de fitosanitarios.
Según una propuesta elevada por la Fundación Campo Limpio (FCL), esto implica la construcción de tres Centros de Acopio Transitorio (CAT) y la implementación de un procedimiento de trazabilidad. «La falta de avances concretos, comprobados por la autoridad de aplicación de la Ley 27279 en La Pampa, luego de realizar una recorrida por las obras comprometidas, ha dado lugar a la posibilidad de que se prohíba la comercialización de fitosanitarios en todo el territorio pampeano», advirtieron desde Fedia.
La Federación advierte que «esta medida afectará la actividad de las empresas distribuidoras de agroinsumos, que en su mayoría son agronomías y cooperativas de pequeña y mediana envergadura, y podría inclusive dejar en duda los planes productivos de cientos de agricultores».

 

Postura.
Ante esta situación, las autoridades de Fedia expresaron su preocupación y reitera su postura sobre el tema: «La principal responsabilidad en la implementación de un sistema de gestión de envases vacíos de fitosanitarios recae en los registrantes, que son los laboratorios que formulan los productos. Son estas empresas, representadas por la FCL, las que deben proponer soluciones que incluyan inversiones y acuerdos con municipios y privados, para la construcción y puesta en funcionamiento de los CATs», detallaron en el documento.
«Asimismo la Ley 27.279 es clara, estableciendo las acciones que deben realizar los productores, quienes como usuarios finales, están obligados a realizar el triple lavado y devolver los envases vacíos a un CAT. Los municipios, en función del ejercicio de su autoridad para convocar a los actores locales y la disponibilidad de terrenos apropiados para la radicación de CATs, deben ocuparse del tema y prestar su colaboración», continuaron.
A su vez, indicaron que es necesario tener en cuenta a los distribuidores de agroinsumos, «sean estos agronomías, cooperativas o empresas de agroservicios integrales» ya que «tienen la facultad de constituirse en una red atomizada con amplia cobertura territorial, lo que los convierte en actores claves de la cadena».

 

Un rol «confuso».
En otro pasaje del documento, la Fedia deja en claro que si bien la Ley 27.279 determina cuáles son las obligaciones de cada eslabón en el proceso de distribución, venta y aplicación de los agroquímicos, esta se presta a «confusiones».
«La ley fija para los distribuidores un rol específico, situándolos en la función de facilitar la difusión de la norma entre sus clientes productores y ser agentes operadores de los medios informáticos que harán viable el control del sistema, teniendo en cuenta que la reglamentación de la Ley definió que aquellos CUIT que adquirieron productos en un distribuidor habilitado y no procedieron posteriormente a devolver los envases, no podrán realizar una nueva adquisición», precisaron sobre la normativa pampeana.
«Sin embargo, y pese a que la Ley es muy precisa sobre la responsabilidad de cada eslabón, han surgido desde su aprobación, interpretaciones confusas de parte de las autoridades de aplicación provinciales e intentos de parte de las compañías de trasladar su responsabilidad al canal de distribución», criticaron.
«Fedia ha defendido la posición de los distribuidores en cuanto espacio de abordaje institucional sobre este tema existe, y lo seguirá haciendo para evitar que a sus asociados se les atribuya roles no contemplados en la Ley. Sin perjuicio, de entender que existen empresas del sector, que por mutus propio, están desarrollando iniciativas en terrenos de su propiedad y auspiciando la construcción de CATs, pero que en todos los casos se trata de decisiones particulares y no de una posición gremial del conjunto», plantearon.

 

Solución definitiva.
Por último desde la Federación, «instamos a las autoridades de la provincia de La Pampa y a los Registrantes a lograr un acuerdo» para de esta manera «alcanzar una solución definitiva al problema, sin que se vea alterada la actividad comercial de los distribuidores de agroinsumos pampeanos».

 


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