Martes 23 de abril 2024

Las multas por baldíos abandonados llegan hasta casi los 20 mil pesos

Redacción 31/07/2018 - 18.45.hs

El municipio estableció cambios en el monto de las multas por terrenos sin cercar y abandono de baldíos en la capital pampeana.

 

Semanas atrás, se promulgó esta ordenanza que modifica una serie de artículos pertenecientes a la Ordenanza 5767/2018, en lo referido a las multas por terrenos baldíos sin cercar, y/o por falta de limpieza de estos terrenos.

 

La principal modificación tuvo que ver con redeterminar el costo de las multas, anteriormente establecido en un monto fijo en pesos que se actualizaba periódicamente de acuerdo con la inflación, para establecerlo ahora en Unidades Fijas de combustible (UF), tomando como referencia el valor de un litro de nafta súper, (actualmente a un costo de 24.56 pesos), de acuerdo con la gravedad de la falta u otros factores como la reincidencia.

 

En si mismo, estas son las modificaciones en los montos de las multas:

 

Terrenos baldíos sin cercar: sus propietarios serán pasibles de una multa que rondará entre el equivalente a 1.228 y 4.912 pesos cuando antes estaban fijadas en un monto de 1000 pesos.

 

Por la no destrucción de yuyos y malezas en baldíos, en veredas o en canteros con césped, o en parte de tierra que circunda los árboles o en la destrucción de tazas (cazuelas) sus propietarios serán pasibles de una multa que rondará entre el equivalente a 3.684 pesos y 18.420 pesos cuando anteriormente estaban fijadas en un monto de 3.250 pesos.

 

El director de Control e Inspección de Servicios Públicos del municipio, Pablo Pera Ibarguren, recordó en un comunicado a los vecinos propietarios de terrenos baldíos, que deberán mantenerlos correctamente cercados, desmalezados y en buenas condiciones de limpieza.

 

En ese contexto, mencionó que aquellos vecinos de terrenos linderos que se vean damnificados por la acumulación de malezas, yuyos, basura, ramas, en terrenos baldíos cercados o sin cercar, podrán realizar su denuncia a la línea de reclamos de la Municipalidad de Santa Rosa, (147).

 

En ese caso, explicó que ante dicha clase de reclamos, se toma nota del lugar donde se encuentra el terreno denunciado, para enviar un inspector del centro de reclamos a realizar una inspección física del mismo.

 

El inspector realiza un croquis de la ubicación catastral del terreno para después remitirlo al área de Catastro municipal, con el fin de determinar a quién corresponde la titularidad del inmueble en cuestión.

 

A continuación, según detalló, una vez identificado el propietario, se le remite el correspondiente acta de constatación intimándolo a que en un plazo de cinco días corridos proceda a la limpieza o cercado del terreno, según corresponda.

 

Cumplido ese plazo, el inspector vuelve a inspeccionar del terreno denunciado, y en caso de cumplir con el objeto de la intimación, queda exceptuado del pago de la multa. Caso contrario, de no acatar la intimación, se remite un acta de comprobación de la infracción esta vez al Juzgado Municipal de Faltas.

 

Ya en el ámbito del Juzgado, dicha área realiza una nueva intimación al propietario del inmueble para que en un plazo de ocho días hábiles a partir de su notificación, concurra a presentar su descargo.

 

Extinguido ese plazo sin haberse recibido un descargo, o habiéndose desestimado una eventual presentación por no considerarse válida, el Juzgado de Faltas aplica al titular una multa, que va acompañada por una nueva intimación a ajustarse a las normas que rige la ordenanza respectiva.

 

Paralelamente, Pera Ibarguren recordó que hace más de un año, se modificó por ordenanza los plazos de prescripción de las multas relacionadas a los terrenos baldíos sin limpiar o cercar, que anteriormente era de seis meses, elevando dicho plazo a cinco años, por lo cual, los particulares que no abonen las multas y mantengan deudas con la comuna, durante dicho periodo no podrán tramitar el comprobante de libre deuda, lo cual es una de los principales requisitos para realizar determinados trámites ante la Municipalidad, como la renovación de carnets de conducir, o habilitar comercios, entre otros.

 

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