Jueves 11 de abril 2024

Le dictan preventiva a un joven por amenazas

Redacción 25/06/2019 - 02.13.hs

(General Acha) - La investigación fue formalizada hace unos días por el fiscal Raúl Adrián Miguez Martín, quien puso en conocimiento al implicado el hecho que se le atribuye haber cometido, al igual que su correspondiente encuadre legal.
La audiencia se desarrolló en la sala ubicada en la planta baja del edificio de calle Don Bosco 665, oportunidad en la que el imputado estuvo asistido por el defensor oficial sustituto Federico Ibazetta. En un principio, el representante del ministerio público fiscal encuadró el hecho en el delito de amenazas (artículo 149 bis del código penal), en el marco de la ley 26485 (violencia de género).

 

Ejecución.
Por su parte el juez de control Diego Asin dio por formalizada la investigación iniciada contra el joven achense, y dispuso librar un oficio al Juzgado de Ejecución Penal de La Pampa para que tome debido conocimiento sobre la nueva causa iniciada contra el imputado.
Antes de realizarse la audiencia de formalización, el involucrado fue trasladado hacia dependencias del ministerio público fiscal, ocasión en la que prestó declaración ante el fiscal Raúl Miguez Martín. De todas formas, antes de llevarse a cabo la diligencia, el imputado (34 años) recibió el asesoramiento técnico legal de la defensa.
Por ese motivo optó por declarar y hacer un descargo sobre los hechos que se le endilga haber cometido en perjuicio de su ex pareja. En la oportunidad, negó las acusaciones y dio detalles sobre lo sucedido.

 

Condena.
La situación procesal del albañil se complicó porque ya pesa en su contra una condena por los delitos de lesiones, daño y amenazas, en perjuicio de su ex pareja y de su suegra. La sentencia fue dictada el 10 de abril de este año. Desde ese entonces, el joven debía cumplir la pena de ocho meses de prisión de ejecución condicional.
A su vez tenía que cumplir diferentes reglas de conducta (artículo 27 bis del código penal) por el plazo de dos años; las cuales consistían en fijar residencia y someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal. Tampoco, podía entrar en contacto con las víctimas, de modo que resulte un acto de perturbación o intimidación, ya sea de manera personal, telefónica, a través de redes sociales o de otras personas, informó prensa de la fiscalía local.

 

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